Resolución de 6 de febrero de 2023, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2023

Rango Resolución
Publicación 2023-02-27
Estado expired
Departamento Ministerio de Hacienda y Función Pública
Fuente BOE
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Téngase en cuenta que la vigencia de esta Resolución ha quedado agotada por haberse cumplido su finalidad.

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (en adelante, Agencia Tributaria) tiene encomendada la aplicación efectiva del sistema tributario estatal y del aduanero, desempeñando una importante labor para contribuir a la consolidación de las cuentas públicas, y conseguir los recursos necesarios con los que financiar los servicios públicos.

Para ello, la Agencia Tributaria tiene establecidos como objetivos estratégicos fundamentales y permanentes desde su creación tanto la prevención como la lucha contra el fraude fiscal.

El Plan Estratégico 2020-2023 recoge la orientación de la actuación de la Agencia Tributaria en esos años y constituye, dada su visión global y su carácter plurianual, el instrumento central de planificación. Está prevista la aprobación de una Adenda al Plan Estratégico 2020-2023 que recoja una actualización del mismo para el año 2023.

Por ello, el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero desglosa las actuaciones a llevar a cabo por la organización en el ejercicio 2023 en línea con lo establecido en el Plan Estratégico y sus Adendas.

Estas directrices siguen la misma estructura que otro de los instrumentos de planificación de la Agencia Tributaria como es el Plan de Objetivos anual y giran en torno a cinco grandes pilares:

− Información y asistencia.

− Prevención de los incumplimientos. El fomento del cumplimiento voluntario y prevención del fraude.

− La investigación y las actuaciones de comprobación del fraude tributario y aduanero.

− El control del fraude en fase recaudatoria.

− La colaboración entre la Agencia Tributaria y las Administraciones tributarias de las Comunidades Autónomas.

La primera de las novedades que destaca de las Directrices de 2023 es la implantación de un nuevo modelo de información y asistencia, que integra todos los canales existentes mediante la vertebración de una coordinación entre los servicios de asistencia presenciales y telefónicos, diseminados por todo el territorio nacional, con las Administraciones de asistencia Digital Integral, que pasan a prestar, no únicamente asistencia digital a los contribuyentes, sino también a los propios compañeros en las labores de asistencia que les demanden, manteniendo así una permanente conexión con estos, y consiguiendo homogeneidad en cuanto a protocolos de actuación y criterios.

La finalidad del modelo es que la mayoría de los servicios se presten en todos los canales, de manera que sea el ciudadano el que decida cómo quiere o necesita ser atendido, empatizando por tanto con la situación particular del contribuyente, facilitando y simplificando el acceso a los servicios de la Agencia Tributaria, en la medida en que el tipo de servicio y los recursos disponibles lo permitan.

En segundo lugar, otra de las novedades que se implantará en el ejercicio 2023 afecta al régimen sancionador en el ámbito de la gestión tributaria. En la imposición de sanciones tributarias se establecerán criterios sancionadores de manera que se incorpore como elemento relevante el historial de cumplimiento e incumplimiento del contribuyente en la evaluación de la existencia del elemento subjetivo en determinados tipos de conductas, especialmente en aquellos casos de presentación de autoliquidaciones sin ingresos fuera de plazo, que no ocasionan perjuicio económico a la Administración tributaria.

En tercer lugar, se avanzará en la mejora de las labores de planificación y selección de las actuaciones de control que realiza cada año la Agencia Tributaria. La planificación y la selección de las actuaciones de control se realiza de modo coordinado entre las distintas áreas que configuran la Agencia Tributaria, por lo que resulta esencial el análisis conjunto de los riesgos que se detectan respecto de cada contribuyente y a partir de ello se proceda en función de sus características a definir la estrategia óptima de asistencia u otra actividad de comprobación.

En cuarto lugar, se prestará atención a la reiteración de las tareas de comprobación en el caso de que se hayan efectuado regularizaciones previas y no se haya consolidado un cambio de comportamiento del contribuyente o personas de su entorno familiar o económico, en las que se repite un esquema de riesgo fiscal similar.

En quinto lugar, cabe resaltar que la actividad de la Agencia Tributaria se va a ver afectada por la asunción de España de la presidencia rotatoria de la Unión Europea durante el segundo semestre de 2023. En el ámbito tributario y con distinto grado de madurez, existen numerosos proyectos e iniciativas normativas cuyos ejes conductores son: una tributación empresarial adaptada al siglo XXI, un sistema tributario justo y sencillo adaptado a una economía digitalizada y de lucha contra el cambio climático y una buena gobernanza fiscal dentro y fuera de la Unión Europea y la lucha contra la competencia fiscal perjudicial.

En el ámbito de la fiscalidad directa destacarán, entre otros, la búsqueda de acuerdos normativos relativos al Pilar I, la detección y reacción frente a entidades opacas que oculten la efectiva titularidad de derechos y activos, con una posible regulación de la actividad de los facilitadores de esquemas de planificación fiscal, una mayor armonización en la expedición de certificados de residencia y la devolución de impuestos pagados por no residentes mediante el mecanismo de retención, y la modificación de la Directiva de cooperación Administrativa respecto de las obligaciones de suministro de información relativas a criptoactivos o la publicación de los tipos efectivos de gravamen.

Es importante resaltar que, en materia de precios de transferencia y operaciones transnacionales, se impulse este año la estrategia común denominada 360.º, según la cual se interrelacionan los procedimientos que puedan afectar a sus operaciones vinculadas, con el fin esencial de reducir las controversias en este tipo de ámbitos tributarios.

En fiscalidad indirecta, destacará el paquete del IVA digital, que contemplará una ampliación de las ventanillas únicas a nivel UE, el tratamiento en el IVA de las plataformas de intermediación en servicios y la modernización de los sistemas de suministro de información a las Administraciones Tributarias. Asimismo, se contempla una revisión del IVA del sector turístico.

En cuanto a la buena gobernanza fiscal, se prevé la ampliación del ámbito del Código de Conducta de fiscalidad empresarial respecto de regímenes fiscales perjudiciales y un refuerzo de los criterios de la lista de jurisdicciones no cooperativas.

Por su parte, la prioridad en el ámbito aduanero será hacer que las aduanas de la UE sean más modernas y estén mejor conectadas y más unidas para facilitar el comercio internacional, mejorando nuestra competitividad y protegiendo el mercado interior, a los ciudadanos y el medio ambiente.

En el ámbito legislativo, esta prioridad se concreta en el análisis y debate de la propuesta de reforma de la unión aduanera que la Comisión Europea presentará en el primer trimestre de 2023 y cuyo objetivo es una aplicación más armonizada de la legislación, fortaleciendo la cooperación con otras agencias que intervienen en frontera aprovechando las posibilidades que ofrecen las nuevas tecnologías para incrementar nuestra eficiencia.

En materia de cooperación aduanera, los objetivos son: fortalecer la participación de las aduanas en la seguridad interior de la Unión europea; la mejora de la cooperación entre las aduanas y otros organismos encargados de la aplicación de las leyes; el refuerzo de la cooperación con otras agencias de la UE como EUROPOL, FRONTEX o EUROJUST; así como de la presencia de las aduanas en las mismas y el incremento de la cooperación internacional con terceros países.

Por último, como novedad también cabe destacar que la Agencia Tributaria será el órgano encargado de poner en marcha en 2023 los dos nuevos gravámenes temporales y el nuevo impuesto temporal introducidos en el ordenamiento jurídico para los ejercicios 2023 y 2024 por la Ley 38/2022, de 27 de diciembre, para el establecimiento de gravámenes temporales energético y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito y por la que se crea el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas. La Agencia Tributaria asumirá, por lo tanto, las competencias de exacción, gestión, comprobación y recaudación respecto de esos dos gravámenes temporales, a pesar de tratarse de una prestación patrimonial de carácter público no tributario, y ejercerá las competencias que le son propias respecto del citado impuesto temporal.

Igualmente, la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual, introduce, con efectos desde el ejercicio 2023, diversas modificaciones en el sistema de financiación del prestador del servicio público de comunicación audiovisual estatal. Desde el punto de vista competencial se atribuye a la Agencia Tributaria la gestión, liquidación, inspección y recaudación, tanto en periodo voluntario, como en periodo ejecutivo, de la aportación a realizar por los prestadores del servicio de comunicación audiovisual televisivo y por los prestadores del servicio de intercambio de vídeos a través de plataforma de ámbito geográfico estatal o superior al de una Comunidad Autónoma. Se acometerán por tanto los desarrollos necesarios para la gestión de la citada aportación.

Así pues, las directrices generales del Plan de Control Tributario y Aduanero de 2023 contienen una referencia concreta a las líneas de actuación de prevención y control del fraude que se consideran más relevantes, si bien constituyen, al igual que en los últimos años, un mecanismo de refuerzo y consolidación de las actuaciones desarrolladas ya en años anteriores, a la vez que incorporan otras nuevas adaptadas al contexto económico-social y normativo en el que la Agencia Tributaria desarrolla su actividad habitual, garantizando de este modo la continuidad y la uniformidad de las tareas habituales de comprobación e investigación del fraude que desarrolla con generalidad.

En virtud de lo expuesto, y en uso de las atribuciones que me están conferidas, he acordado:

Aprobar las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2023 que a continuación se enuncian y ordenar su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», así como su difusión por cualquier medio que resulte adecuado para su general conocimiento.

I. Información y asistencia

La prestación del servicio de información y asistencia a los contribuyentes, para el mejor cumplimiento de sus obligaciones tributarias, constituye uno de los ejes vertebradores de la Agencia Tributaria. Y más allá de ser únicamente una obligación para la Agencia Tributaria, la asistencia y la información a los contribuyentes, tal y como se refleja en el propio Plan Estratégico para los años 2020 a 2023, suponen a su vez una clara manera de prevenir el fraude, al facilitar y minimizar los costes indirectos asociados al cumplimiento de las obligaciones tributarias.

Como principal novedad del año 2023 en materia de información y asistencia, la Agencia Tributaria está trabajando en implantar un nuevo modelo de asistencia que integra todos los canales existentes y facilita que el ciudadano decida la modalidad en que quiere ser atendido, según el tipo de servicio y los recursos disponibles.

Los ejes fundamentales pueden concretarse, en primer lugar, en la definición de una carta de servicios completa que permita a los ciudadanos conocer todos los servicios de la Agencia Tributaria y relacionarse con ella de manera más rápida y fácil. Esa carta de servicios estará a disposición de los contribuyentes en la sede electrónica y en las oficinas de la Agencia Tributaria.

La carta de servicios irá acompañada de una nueva aplicación de cita previa en sede electrónica que utilizará un lenguaje más comprensible y que mejora su usabilidad. Esta aplicación de cita previa constará de cuatro pasos: «para quién» se desea solicitar la cita, «para qué», ya sea por haber recibido una carta o para otras gestiones, selección de la cita y confirmación de la cita. Además del servicio ya existente de confirmación de cita mediante SMS y correo electrónico, se introduce un servicio de recordatorio de citas a través de los mismos medios.

La nueva aplicación de cita previa se adapta a dispositivos móviles a través de la app de la Agencia Tributaria. En esta app además se han integrado otras funcionalidades novedosas, como la de «Pagar, aplazar y consultar», que permite consultar y pagar nuestras deudas, o solicitar aplazamientos de las mismas, y como la de consulta de los bienes subastados por la Agencia Tributaria.

Asimismo, el nuevo modelo apostará por la unificación de la prestación del servicio de atención telefónica por el personal de la Agencia Tributaria, que sea cual sea su ubicación territorial, incluso en trabajo a distancia, podrá contestar llamadas de los contribuyentes en un servicio coordinado de forma centralizada a través de las ADI. Este servicio integrará la variedad de servicios de atención telefónica actualmente existentes, unificando los niveles de asistencia, las herramientas utilizadas, los sistemas de identificación y autenticación y la calidad de la información suministrada.

Por último, se trabajará en la potenciación y mejora de la atención presencial a las personas mayores o personas que puedan verse afectadas por la brecha digital asegurando que cada ciudadano pueda ser atendido en el canal elegido.

Otras de las novedades para 2023 consistirán en la revisión de los criterios de imposición de sanciones, el análisis y modificación de la política general de aplazamientos y fraccionamientos, y la puesta en marcha de nuevos sistemas para la corrección de pequeños incumplimientos tributarios en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

En este mismo ámbito del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, continuará la mejora de los contenidos de los denominados «Informador de renta» e «Informador de renta para actividades económicas» y, por otra parte, se avanzará en el diseño del Asistente virtual de Renta con una doble finalidad:

− Contestar, a través del uso de sistemas automatizados, las consultas formuladas por los contribuyentes sobre este impuesto.

− Obtener información sobre cuáles son las dudas más habituales de los contribuyentes en esta materia para que, a través de la misma, se retroalimente la base de conocimientos de la propia herramienta.

En la campaña del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas del ejercicio 2022, se rediseñará la navegación en el servicio de Renta Web, con la finalidad de hacer lo más intuitivo posible el uso de esta aplicación para los contribuyentes en el momento de realizar su declaración de Renta. En esta misma línea, para 2023 se pretende reducir el número de no declarantes del IRPF, perfilando aquellos contribuyentes con una mayor probabilidad de no presentar su declaración, aun estando obligados a ello, para realizar una campaña específica de avisos durante el periodo de presentación de la declaración.

Esta estrategia de reducir el número de no declarantes, desarrollando campañas preventivas sobre determinados colectivos, se puede extender al ámbito de las declaraciones informativas.

Se continuará incrementando la información ofrecida a los contribuyentes en los datos fiscales, en particular en el modelo del Impuesto sobre Sociedades: se espera realizar una carga de datos automática de los créditos pendientes de ejercicios anteriores en la declaración del ejercicio en función de lo declarado o calculado en ejercicios anteriores y se mostrará en datos fiscales la información sobre los ajustes contables realizados el ejercicio anterior.

Durante 2023 se trabajará en la posibilidad de adelantar las devoluciones de las declaraciones del Impuesto sobre Sociedades en el caso de las pequeñas y medianas empresas.

Para 2023 también se ofrecerá la posibilidad de confeccionar el modelo 130 relativo a los pagos fraccionados en el IRPF automáticamente a partir de la información contenida en sus libros registro.

Por último, se pretende abordar un proyecto de simplificación de los documentos administrativos más utilizados en las distintas áreas que conforman la Agencia Tributaria, lo que sin duda revertirá en una mayor facilidad para cumplir las obligaciones tributarias en periodo voluntario.

II. Prevención de los incumplimientos. El fomento del cumplimiento voluntario y prevención del fraude

1.

Censo.

El censo es la base de la información de la Agencia Tributaria para la asistencia, la prevención y el control tanto intensivo como extensivo. El gran número de sociedades constituidas en España hace preciso que la Agencia Tributaria diseñe los sistemas de control del censo de forma que el cumplimiento de las obligaciones tributarias formales se realice de un modo adecuado.

En este sentido, durante 2023 se trabajará en la depuración del censo de entidades no mercantiles con el objeto de dar de baja, en su caso, aquellas entidades que no cumplan los requisitos para estar efectivamente dadas de alta. Asimismo, está prevista la continuación de otras medidas de mejora como la realización de un control temprano a través de un mapa de riesgos de carácter preventivo que permita detectar situaciones de riesgo censal a la entrada en el censo de nuevos contribuyentes, en particular posibles incursiones de entidades controladas de manera efectiva por contribuyentes con conductas tributarias reprochables en el pasado, sobre los que se pretende realizar un seguimiento para prevenir posibles incumplimientos tributarios futuros, o como el desarrollo de actuaciones de rectificación censal a través del Plan de Rectificación Censal Integral permanente.

Ya en ejercicios anteriores se han llevado a cabo de forma centralizada, a través de la Administración de asistencia Digital Integral, las campañas de adscripción y desadscripción a las Unidades de Gestión de Grandes Empresas. El buen resultado conseguido aconseja continuar en el ejercicio 2023 con estas campañas a nivel nacional.

2.

Cumplimiento de presentación de autoliquidaciones y declaraciones informativas.

Las actuaciones de depuración del censo permitirán que las acciones de control sobre el cumplimiento de la presentación de autoliquidaciones y declaraciones informativas de naturaleza tributaria se dirijan sobre aquellos contribuyentes activos que no hayan cumplido sus obligaciones tributarias, posibilitando una detección más precisa de los incumplimientos y una utilización más eficiente de los recursos de que dispone la Agencia Tributaria.

El Suministro Inmediato de Información es una herramienta de obtención de información fundamental en la gestión y control del IVA, de ahí la importancia de que los contribuyentes obligados transmitan la información puntualmente y cumpliendo los estándares establecidos.

Por ello, durante el 2023 se van a realizar actuaciones administrativas tendentes a verificar el correcto cumplimiento por parte de los contribuyentes de su deber de remitir puntualmente la información y que ésta sea completa y correcta.

3.

Calidad de la información.

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