Orden EFD/659/2024, de 25 de junio, por la que se determina el currículo y se regulan determinados aspectos organizativos para los ciclos formativos de grado superior en el ámbito de gestión del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.
2 actos modificadores · 2026-04-10, Real Decreto 300/2026, de 8 de abril, por el que se establece el título de Formación Prof…
3.º Orden ECD/329/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Marketing y Publicidad.
4.º Orden ECD/330/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte y Logística.
Familia profesional Edificación y Obra Civil:
1.º Orden EFP/1218/2019, de 11 de diciembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización y control de obras de construcción.
2.º Orden EDU/2889/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Proyectos de Edificación.
3.º Orden EDU/1546/2011, de 1 de junio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Proyectos de Obra Civil.
Familia profesional Electricidad y Electrónica:
1.º Orden ECD/102/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Automatización y Robótica Industrial.
2.º Orden EFP/1216/2019, de 11 de diciembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Electromedicina clínica.
3.º Orden ECD/107/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento Electrónico.
4.º Orden EDU/2890/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas Electrotécnicos y Automatizados.
5.º Orden EDU/3154/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos.
Familia profesional Energía y Agua:
1.º Orden EDU/1562/2011, de 1 de junio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Centrales Eléctricas.
2.º Orden EDU/394/2010, de 20 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Eficiencia Energética y Energía Solar Térmica.
3.º Orden EDU/1564/2011, de 1 de junio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Energías Renovables.
4.º Orden EFP/1217/2019, de 11 de diciembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Gestión del agua.
Familia profesional Fabricación Mecánica:
1.º Orden EDU/2218/2009, de 3 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Construcciones Metálicas.
2.º Orden EDU/2888/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Diseño en Fabricación Mecánica.
3.º Orden EDU/2212/2009, de 3 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Técnico Superior en Programación de la Producción en Fabricación Mecánica.
4.º Orden EDU/3153/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Programación de la Producción en Moldeo de Metales y Polímeros.
Familia profesional Hostelería y Turismo:
1.º Orden EDU/393/2010, de 20 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Agencias de Viajes y Gestión de Eventos.
2.º Orden EDU/2883/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Cocina.
3.º Orden EDU/2884/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Dirección de Servicios en Restauración.
4.º Orden EDU/2254/2009, de 3 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Gestión de Alojamientos Turísticos.
5.º Orden EDU/379/2010, de 20 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Guía, Información y Asistencia Turísticas.
Familia profesional Imagen Personal:
1.º Orden ECD/84/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Asesoría de Imagen Personal y Corporativa.
2.º Orden ECD/103/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Caracterización y Maquillaje Profesional.
3.º Orden ECD/104/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Estilismo y Dirección de Peluquería.
4.º Orden EDU/3152/2011, de 11 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Estética Integral y Bienestar.
5.º Orden EFP/81/2021, de 28 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Termalismo y bienestar.
Familia profesional Imagen y Sonido:
1.º Orden ECD/309/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Animaciones 3D, Juegos y Entornos Interactivos.
2.º Orden ECD/105/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Iluminación, Captación y Tratamiento de la Imagen.
3.º Orden ECD/327/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Producción de Audiovisuales y Espectáculos.
4.º Orden ECD/328/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Realización de Proyectos de Audiovisuales y Espectáculos.
5.º Orden ECD/110/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Sonido para Audiovisuales y Espectáculos.
Familia profesional Industrias Alimentarias:
1.º Orden EDU/2001/2010, de 13 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Procesos y Calidad en la Industria Alimentaria.
2.º Orden EDU/2243/2009, de 3 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al Título de Técnico Superior en Vitivinicultura.
ñ) Familia profesional Informática y Comunicaciones:
1.º Orden EDU/392/2010, de 20 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Administración de Sistemas Informáticos en Red.
2.º Orden EDU/2000/2010, de 13 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma.
3.º Orden EDU/2887/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Desarrollo de Aplicaciones Web.
Familia profesional Instalación y Mantenimiento:
1.º Orden EDU/2245/2009, de 3 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Desarrollo de Proyectos de Instalaciones Térmicas y de Fluidos.
2.º Orden EDU/2200/2009, de 3 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mantenimiento de Instalaciones Térmicas y de Fluidos.
3.º Orden ECD/108/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mecatrónica Industrial.
Familia profesional Madera, Mueble y Corcho:
Orden ECD/317/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al Título de Técnico Superior en Diseño y Amueblamiento.
Familia profesional Marítimo Pesquera:
1.º Orden ECD/306/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Acuicultura.
2.º Orden ECD/1543/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Organización del Mantenimiento de Maquinaria de Buques y Embarcaciones.
3.º Orden ECD/111/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Transporte Marítimo y Pesca de Altura.
Familia profesional Química:
1.º Orden ECD/1531/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Fabricación de Productos Farmacéuticos, Biotecnológicos y Afines.
2.º Orden ESD/3407/2008, de 3 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Laboratorio de Análisis y de Control de Calidad.
3.º Orden EDU/2227/2009, de 3 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Química Industrial.
Familia profesional Sanidad:
1.º Orden ECD/1526/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Anatomía Patológica y Citodiagnóstico.
2.º Orden EDU/2217/2009, de 3 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Audiología Protésica.
3.º Orden ECD/1530/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Documentación y Administración Sanitarias.
4.º Orden ECD/1539/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Higiene Bucodental.
5.º Orden ECD/1540/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Imagen para el Diagnóstico y Medicina Nuclear.
6.º Orden ECD/1541/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Laboratorio Clínico y Biomédico.
7.º Orden ECD/1544/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Ortoprótesis y Productos de Apoyo.
8.º Orden ECD/109/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Prótesis Dentales.
9.º Orden ECD/1546/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Radioterapia y Dosimetría.
Familia profesional Seguridad y Medio Ambiente:
1.º Orden ECD/1527/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Coordinación de Emergencias y Protección Civil.
2.º Orden EDU/1563/2011, de 1 de junio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Educación y Control Ambiental.
3.º Orden EFP/249/2020, de 11 de marzo, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Química y Salud Ambiental.
Familia profesional Servicios Socioculturales y a la Comunidad:
1.º Orden ECD/82/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Animación Sociocultural y Turística.
2.º Orden ESD/4066/2008, de 3 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Educación Infantil.
3.º Orden ECD/106/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Integración Social.
4.º Orden ECD/1542/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Mediación Comunicativa.
5.º Orden ECD/1545/2015, de 21 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Promoción de Igualdad de Género.
Familia profesional Textil, Confección y Piel:
1.º Orden ECD/316/2012, de 15 de febrero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Diseño Técnico en Textil y Piel.
2.º Orden EDU/2885/2010, de 2 de noviembre, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Diseño y Producción de Calzado y Complementos.
3.º Orden EDU/2201/2009, de 3 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Patronaje y Moda.
4.º Orden ECD/112/2013, de 23 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de grado superior correspondiente al título de Técnico Superior en Vestuario a Medida y de Espectáculos.
Familia profesional Transporte y Mantenimiento:
Orden EDU/2199/2009, de 3 de julio, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Automoción.
Familia profesional Vidrio y Cerámica:
Orden EDU/378/2010, de 20 de enero, por la que se establece el currículo del ciclo formativo de Grado Superior correspondiente al título de Técnico Superior en Desarrollo y Fabricación de Productos Cerámicos.
Disposición final primera. Aplicación de la orden.
Se autoriza a la persona titular de la Secretaría General de Formación Profesional, en el ámbito de sus competencias, para adoptar las medidas y dictar las instrucciones necesarias para la aplicación de lo dispuesto en esta orden.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 25 de junio de 2024.–La Ministra de Educación, Formación Profesional y Deportes, María del Pilar Alegría Continente.
ANEXO I. Titulaciones mínimas habilitantes B2 lengua inglesa / francesa
Lengua inglesa:
1. Certificado de Aptitud, de nivel avanzado o equivalente de las Escuelas Oficiales de Idiomas.
2. Cambridge First Certificate in English (FCE), con una puntuación igual o superior a 160.
3. Cambridge English Vantage (BEC Vantage) B2
4. Certificado ISE II de Trinity College de Londres.
5. TOEFL iBT (B2), con una puntuación total igual o superior a 72.
6. TOEFL pBT (B2), con una puntuación total igual o superior a 567.
7. TOEFL cBT (B2), con una puntuación total igual o superior a 220.
8. IELTS (B2), con una puntuación total igual o superior a 5,5.
9. TOEIC (B2), con una puntuación mayor o igual a 1095.
10. APTIS for Teachers/APTIS General de British Council (B2)
11. Business Language Testing Service (BULATS) (B2), con una puntuación total igual o superior a 60.
12. Oxford Test of English (OTE) (B2)
13. Certificación CertAcles English B2, expedida por universidades españolas reconocidas por la Asociación de Centros de Lenguas de la Enseñanza Superior (ACLES).
14. Pearson Test of English General - Level 3 (B2) o Edexcel Level 1 Certificate in ESOL International (B2)
15. Pearson Test of English Academic (PTE) B2
16. Anglia ESOL Examinations – Advanced (B2)
17. LanguageCert International ESOL B2 Communicator
18. Certificate in ESOL International Learning Resource Network Global: LRN Level 1 (B2)
19. Linguaskill (B2)
20. Cualesquiera de las anteriores de nivel superior a B2.
21. Título de Grado en Estudios ingleses, o equivalente, según Real Decreto 1393/2007 de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.
22. Licenciatura en Traducción e Interpretación en Lengua Inglesa.
23. Licenciatura en Filología Inglesa.
24. Título universitario cursado íntegramente en lengua inglesa en una Universidad de un país de habla inglesa.
Lengua francesa:
1. Certificado de Aptitud, de nivel avanzado o equivalente de las Escuelas Oficiales de Idiomas.
2. Diplôme d’Études en langue Français (DELF) B2 - Ministerio de Educación Nacional de Francia.
3. Test de Connaissance du Français (TCF) B2 - Ministerio de Educación Nacional de Francia.
4. Certificación CertAcles Francés B2, expedida por universidades españolas
5. reconocidas por la Asociación de Centros de Lenguas de la Enseñanza Superior (ACLES).
6. Chambre de Commerce et d'Industrie de Paris-CCIP: TEF4 (541-698 pts)
7. ADCUEFE-Campus FLE DUEF B2 (Diplôme Universitaire d'Études Françaises)
8. Alliance Française -Diplôme de langue Français (DLF)
9. UNED-CUID – Certificado de nivel B2
10. Cualesquiera de las anteriores de nivel superior a B2.
11. Título de Grado en Estudios franceses, o equivalente, según Real Decreto 1393/2007 de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.
12. Licenciatura en Traducción e Interpretación en Lengua Francesa.
13. Licenciatura en Filología Francesa.
14. Título universitario cursado íntegramente en lengua francesa en una Universidad de un país de habla inglesa.
ANEXO II. Módulo Inglés profesional II (GS)
Módulo Profesional: Inglés Profesional II (GS).
Equivalencia en créditos ECTS: 4
Código: 1712.
Duración: 60 horas
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.
1. Utiliza un amplio repertorio léxico, a nivel oral y escrito, relacionando su uso con el fin de la comunicación.
Se ha seleccionado el vocabulario específico y estructuras lingüísticas de ámbito personal, académico y profesional para la situación comunicativa, apropiado al interlocutor al que va dirigido el mensaje, oral o escrito.
Se han utilizado las normas socioculturales y protocolarias en las relaciones internacionales del país de la Lengua Extranjera.
Se ha evitado la repetición continua de un término haciendo uso de un repertorio de sinónimos de relativa amplitud.
Se han empleado técnicas para facilitar la comprensión del vocabulario.
Se ha inferido el significado de un término utilizando las estrategias necesarias.
Se ha empleado el vocabulario específico para la elaboración de mensajes y misivas formales e informales en cualquier tipo de soporte.
Se ha identificado los aspectos socio-profesionales en cualquier tipo de texto.
Se han usado los recursos formales y funcionales para la comunicación.
Se han utilizado diferentes registros según el contexto de la comunicación y la intención de los interlocutores.
2. Comprende mensajes orales, emitidos por cualquier medio de comunicación en lengua estándar, interpretando el hilo conductor de la situación.
Se ha identificado y extraído la idea principal de mensajes en lengua estándar, así como de conferencias, charlas e informes, lingüísticamente complejas.
Se han usado estrategias para comprender e inferir significados no explícitos y explícitos en textos orales.
Se ha reconocido la finalidad de los mensajes emitidos en cualquier soporte, en diferentes contextos, en lengua estándar.
Se ha extraído información específica contenida en distintos discursos orales en lengua estándar.
Se ha identificado el propósito comunicativo de los elementos del discurso oral.
Se han determinado los roles que aparecen en el mensaje.
Se han comprendido adecuadamente mensajes en lengua estándar en ambientes con contaminación acústica y con diferentes acentos.
Se ha tomado conciencia de la importancia de comprender globalmente un mensaje sin entender todos y cada uno de los elementos del mismo.
Se han aplicado los patrones sonoros acentuales, reseñando el ritmo y la entonación de uso común y específico.
Se han identificado registros con mayor o menor grado de formalidad en función de la intención comunicativa y del contexto de comunicación.
3. Interpreta textos escritos, de relativa dificultad, analizando de forma comprensiva su argumento.
Se ha identificado la idea principal de textos específicos de su ámbito social, profesional o académico, sin necesidad de comprender todos y cada uno de los elementos de los mismos.
Se ha reconocido la finalidad de distintos textos escritos en soporte tradicional o telemático, en lengua estándar.
Se ha extraído información específica de textos, de diferente naturaleza.
Se han comprendido textos extensos, y de cierta complejidad, del ámbito social, profesional o académico, realizando varias lecturas del mismo.
Se ha identificado con rapidez el contenido y la importancia de noticias, artículos e informes sobre una amplia serie de temas profesionales.
Se han interpretado instrucciones y mensajes técnicos recibidos a través de soportes digitales.
Se han traducido textos de cierta complejidad, utilizando material de apoyo en caso necesario.
4. Produce mensajes orales claros y bien estructurados, utilizando estructuras de complejidad acorde a su nivel competencial.
Se han seleccionado y aplicado los registros adecuados para la producción del mensaje, así como protocolos y normas de relación social propios del país.
Se han efectuado presentaciones sobre cualquier tema, haciendo uso de los protocolos establecidos.
Se han usado marcadores lingüísticos de relaciones sociales, normas de cortesía y diferentes registros en la emisión de mensajes orales según el grado de formalidad.
Se ha planificado el mensaje y se ha recopilado información sobre un tema en lengua estándar.
Se ha secuenciado oralmente un proceso de su vida personal o laboral.
Se ha solicitado la reformulación del discurso o parte del mismo cuando se ha considerado necesario.
Se ha expresado con fluidez, precisión y eficacia sobre una amplia serie de temas generales.
Se han utilizado estrategias y recursos para el mantenimiento y seguimiento del discurso oral.
Se han expresado y defendido puntos de vista con claridad, proporcionando explicaciones y argumentos adecuados.
5. Redacta textos relacionando los recursos lingüísticos con el propósito de los mismos.
Se han escrito mensajes claros y detallados sobre una variedad de temas tanto personales como profesionales en diferentes soportes y registros.
Se ha organizado la información con corrección, precisión, cohesión y coherencia, solicitando y/o facilitando información de tipo general o detallada.
Se han cumplimentado documentos y formularios, utilizando vocabulario específico y protocolos y normas de relación social propios del país.
Se han cumplimentado textos mediante apoyos visuales y claves lingüísticas.
Se han elaborado informes, destacando los aspectos más significativos y ofreciendo detalles relevantes.
Se han resumido diferentes tipos de documentos escritos, utilizando sus propios recursos lingüísticos y detectando aspectos relevantes del texto que se deben resaltar.
Se han utilizado las fórmulas de cortesía propias del documento que se va a elaborar.
Se ha adecuado el discurso escrito al contexto comunicativo.
Se han escrito diferentes tipos de textos, secuenciando las ideas.
6. Interactúa con relativa fluidez, reconociendo el argumento de la conversación, adaptándose al registro lingüístico de su interlocutor.
Se ha participado en una conversación con personas nativas con relativa fluidez.
Se ha comunicado con relativa seguridad con interlocutores de habla inglesa, utilizando medios audiovisuales/ telemáticos.
Se ha desenvuelto con espontaneidad en una conversación y/o entrevista de trabajo, adoptando el nivel de formalidad adecuado a las circunstancias.
Se ha pedido la repetición de parte de un mensaje para cerciorarse de la comprensión del mismo.
Se ha obtenido la información necesaria para llevar a cabo un fin determinado.
Se ha utilizado el lenguaje corporal y gestual como estrategia de comprensión oral.
Se ha mantenido correspondencia formal e informal con interlocutores de lengua extranjera.
Se ha comprendido la correspondencia, captando fácilmente el significado esencial.
ANEXO III. Currículo del módulo optativo Segunda Lengua Extranjera Profesional
Módulo Profesional: Segunda Lengua Extranjera Profesional.
Código: 1666.
Duración: 80 horas.
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación.
1. Comprende textos orales sencillos, de índole profesional y cotidiana, descifrando el contenido global del mensaje, y relacionándolo con los recursos lingüísticos correspondientes.
Se ha situado el mensaje en su contexto por medio del análisis de sus características textuales y contextuales.
Se ha identificado el hilo argumental de mensajes orales y determinado los roles que aparecen en los mismos.
Se ha extraído información específica contenida en discursos orales, en lengua estándar, relacionados con la vida social, profesional o académica.
Se han identificado y resumido con claridad las ideas principales de un discurso sobre temas conocidos, transmitido por los medios de comunicación y emitido en lengua estándar.
Se han reconocido las instrucciones orales y se han seguido las indicaciones siendo capaz de concluir si precisan de una respuesta verbal o de una no verbal.
Se ha tomado conciencia de la importancia de comprender globalmente un mensaje, sin necesidad de entender todos y cada uno de los elementos del mismo.
2. Comprende textos escritos sencillos, de índole profesional, analizando de forma comprensiva su contenido.
Se han seleccionado los materiales de consulta y diccionarios técnicos. para la comprensión del texto.
Se han leído de forma comprensiva textos claros en lengua estándar.
Se ha relacionado el texto con el ámbito del sector a que se refiere.
Se han reconocido las ideas principales de un texto escrito identificando la información relevante, sin necesidad de entender todos y cada uno de los elementos de dicho texto.
Se ha identificado la terminología utilizada, así como las estructuras gramaticales y demás elementos característicos de cada tipología discursiva.
Se han realizado traducciones de textos en lengua estándar utilizando material de apoyo en caso necesario.
Se ha interpretado el mensaje recibido a través de soportes telemáticos o cualquier otro tipo de soporte.
Se ha reconocido la finalidad de distintos textos escritos en cualquier soporte, en lengua estándar y relacionados con la actividad profesional.
3. Emite mensajes orales sencillos, interactuando de manera activa en conversaciones profesionales y cotidianas.
Se ha comunicado utilizando fórmulas, nexos de unión, marcadores discursivos y estrategias de interacción acordes a la situación de comunicación.
Se han descrito hechos breves e imprevistos relacionados con su profesión.
Se ha utilizado correctamente la terminología de la profesión.
Se han expresado sentimientos, ideas u opiniones.
Se han enumerado las actividades propias de la tarea profesional.
Se ha descrito y secuenciado un proceso de trabajo de su competencia.
Se ha justificado la aceptación o no de propuestas realizadas haciendo uso de normas de cortesía y de modales apropiados.
Se han realizado, de manera clara, presentaciones breves y preparadas sobre un tema dentro de su especialidad.
Se ha comunicado espontáneamente adoptando un nivel de formalidad adecuado a las circunstancias.
Se han respondido preguntas relativas a su vida socio-profesional, incluidas las propias de una entrevista de trabajo.
Se ha solicitado la reformulación del discurso o la aclaración de parte del mismo cuando se ha considerado necesario para una mejor comprensión.
4. Redacta textos sencillos en lengua estándar, relacionando las reglas gramaticales con la finalidad de los mismos.
Se han seleccionado las estrategias, estructuras, vocabulario y convenciones más adecuadas para el tipo de texto que se va a crear (fax, nota, carta o correo electrónico, entre otros.).
Se han redactado textos breves relacionados con aspectos cotidianos y/o profesionales.
Se ha organizado la información de manera coherente y cohesionada.
Se han realizado resúmenes de textos relacionados con su entorno profesional, identificando las ideas principales de los mismos.
Se ha cumplimentado documentación específica de su campo profesional, aplicando las fórmulas establecidas y el vocabulario específico.
Se ha cumplimentado un texto dado con apoyos visuales y claves lingüísticas aportadas.
Se ha escrito correspondencia formal básica en formato físico o digital destinada principalmente a pedir información, solicitar un servicio o llevar a cabo una reclamación u otra gestión sencilla, siempre atendiendo a las convenciones de la tipología textual.
Se han tomado notas, y mensajes, con información sencilla sobre aspectos propios de su labor profesional.
Se ha solicitado, de forma escrita, información referente a aspectos relacionados con su campo profesional (página web y correo electrónico, entre otros.)
5. Aplica actitudes y comportamientos profesionales en situaciones de comunicación, describiendo las relaciones típicas características del país de la lengua extranjera.
Se han definido los rasgos más significativos de las costumbres y usos de la comunidad donde se habla la lengua extranjera.
Se han descrito los protocolos y normas de relación social propios del país.
Se han identificado los valores y creencias propios de la comunidad donde se habla la lengua extranjera.
Se han identificado los aspectos socio-profesionales propios del sector, en cualquier tipo de texto.
Se han aplicado los protocolos y normas de relación social propios del país de la lengua extranjera.
ANEXO IV-A. Plan de formación del periodo de formación en empresa u organismo equiparado
ANEXO IV-B. Documento de evaluación del periodo de formación en empresa u organismo equiparado
ANEXO IV-C. Modelo de convenio de colaboración entre el centro de Formación Profesional y la empresa u organismo equiparado para el desarrollo del periodo de formación en empresa
REUNIDOS
De una parte, don/doña (nombre y apellidos), con DNI (número), Director/a (centros públicos del Sistema de Formación Profesional) /representante legal (centros formativos privados), del Centro (denominación) con NIF (código) y con código asignado en Registro (número registro del centro), localizado en (municipio, provincia), dirección (calle, número), código postal (número código), correo electrónico (dirección correo electrónico) teléfono (número).
Y de otra, don/doña (nombre y apellidos) con DNI: (número), actuando en representación de la empresa u organismo equiparado (denominación), con NIF (código), localizada en (municipio, provincia), dirección (calle, número), código postal (número código), correo electrónico (dirección correo electrónico) teléfono (número).
EXPONEN
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto.
ACUERDAN
1. Suscribir el presente convenio, para el desarrollo de planes formativos de Formación Profesional de Grado (indicar grado) conducentes a (indicar titulación), entre el centro formativo y la empresa u organismo equiparado que se indican en el presente documento, estableciendo así, la colaboración necesaria para posibilitar el desarrollo de estancias de formación en empresa de personas en formación, en el marco del Sistema de Formación Profesional regulado por la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional.
2. Incorporar al presente Convenio, a lo largo del periodo de vigencia, las relaciones nominales de las personas en formación acogidas al mismo, el plan de formación, que podrá ser modificado y adaptado en función de las necesidades del desarrollo del mismo, y los documentos necesarios que faciliten su seguimiento y evaluación.
3. Formalizar el presente Convenio de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Las personas en formación seleccionadas, hasta (número), cursando el ciclo formativo / curso de especialización (denominación), de grado (indicar grado), desarrollarán el plan de formación y las actividades que responderán a los resultados de aprendizaje establecidos entre el centro y la empresa firmantes, que podrán ser modificadas y adaptadas en función del desarrollo del proceso de formación en las instalaciones y dependencias de la empresa u organismo equiparado, ubicadas en (denominación del centro de trabajo), o en el lugar o lugares de trabajo donde se realice la actividad de la misma, sin que ello implique relación laboral alguna con la empresa u organismo equiparado (denominación).
Segunda.
El centro del Sistema de Formación Profesional y la empresa u organismo equiparado se comprometen a acordar el plan formativo para la persona en formación, que será desarrollado entre el centro y la empresa, durante los periodos de tiempo que se especifiquen en cada caso, una vez autorizado el mismo por la Administración competente.
El plan formativo detallará:
– Datos identificativos.
– Los resultados de aprendizaje que se realizarán en las instalaciones y dependencias de la empresa u organismo equiparado y en el centro de formación.
– En su caso, otras actividades formativas que, por su especificidad e interés para la formación de la persona, pudieran plantearse en términos de complementos formativos.
– Distribución horaria y jornada de las personas en formación en las empresas u organismos equiparados, así como su organización por días a la semana, por semanas, por quincenas, por meses u otra distribución.
El plan formativo estará firmado por la empresa u organismo equiparado, el centro de formación profesional y la persona en formación.
Tercera.
La empresa u organismo equiparado designará, para cada persona en formación, como tutor o tutora a un o una profesional que posea la cualificación o experiencia profesional adecuada para ejercer esta función, atendiendo a las prioridades establecidas en el artículo 162.3 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio.
El centro de formación nombrará, para cada persona en formación, un tutor o tutora que realizará las funciones recogidas en el artículo 162.1 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, en términos de acompañamiento, orientación y consulta, facilitando las relaciones para mantener la continuidad entre las diferentes fases y actividades del recorrido formativo diseñado.
Cuarta.
El desarrollo del plan de formación y sus actividades de aprendizaje en la empresa u organismo equiparado será objeto de evaluación por parte del tutor o tutora del centro de formación profesional, en colaboración con el tutor o tutora de la empresa u organismo equiparado.
Quinta.
La persona en formación, en ningún caso, tendrá vinculación laboral con la empresa u organismo equiparado.
El periodo de formación en la empresa u organismo equiparado de la persona en formación no interferirá con el derecho y obligación de la misma a asistir a las actividades lectivas en el centro de formación profesional que previamente se han planificado en el plan acordado.
Como norma general, la empresa establecerá, conjuntamente con el centro, un calendario y una organización horaria para la persona en formación compatible con el calendario correspondiente al centro de formación. En los casos en los que, para cumplir el programa formativo, se necesite movilidad horaria o territorial, esta deberá solicitarse de manera motivada a la Administración competente.
Sexta.
El centro de formación profesional, en colaboración con la empresa u organismo equiparado, asignará los puestos formativos en la misma, de acuerdo con criterios objetivos, públicos y acordes con la actividad de la misma, que no supongan discriminación, de acuerdo con la normativa en materia de Formación Profesional.
Séptima.
El presente convenio podrá rescindirse por alguna de las siguientes circunstancias:
– Acuerdo entre las partes.
– Fuerza mayor que imposibilite el desarrollo de las actividades programadas.
– Incumplimiento de las cláusulas establecidas en el Convenio, incumplimiento del plan formativo, inadecuación pedagógica de las actividades formativas programadas o vulneración de las normas que, en relación con la realización de las actividades programadas, estén en cada caso vigentes.
– Ocupación por parte de la persona en formación de un puesto de trabajo en la organización.
Igualmente se podrá rescindir para una determinada persona en formación o grupo de personas, por cualquiera de las partes firmantes, y ser excluida o excluidas de su participación por decisión unilateral del centro de formación profesional, de la empresa u organismo equiparado, o conjunta de ambos, en los siguientes supuestos:
– Incumplimiento del plan formativo por parte de la persona en formación.
– Faltas repetidas de asistencia o puntualidad no justificadas.
– Actitudes incorrectas.
– Falta de aprovechamiento por parte de la persona en formación.
Octava.
En caso en que las personas en formación recibieran una compensación económica, se hará constar en un documento anexo las características de las condiciones del contrato de formación (en caso de régimen intensivo) o, en su caso, de la beca o ayuda, detallando la periodicidad de la compensación y el importe, así como las condiciones del alta en la Seguridad Social que implica el periodo de formación en empresa u organismo equiparado.
Novena.
La administración competente asumirá la gestión del alta en la Seguridad Social de las personas en formación durante su estancia en la empresa u organismo equiparado, así como el coste no bonificado de la cotización.
Décima.
La empresa u organismo equiparado se compromete a:
– Garantizar el acceso a las dependencias de la misma al tutor o tutora dual del centro del Sistema de Formación Profesional para realizar las visitas y llevar a cabo las actuaciones de revisión de la programación, valoración y supervisión del proceso formativo de la persona en formación.
– Cumplir la programación de las actividades formativas acordadas con el centro de formación profesional.
– Supervisar y facilitar el seguimiento individualizado y la valoración del progreso de la persona en formación que debe realizar el tutor o tutora de la empresa u organismo equiparado.
– Cumplir con todos los requisitos que, en materia de prevención de riesgos laborales, le sean exigibles y proporcionar a la persona en formación, cuando el puesto formativo lo requiera, los equipos de protección correspondientes.
– Cumplir y hacer cumplir las normas de seguridad e higiene en el trabajo que están vigentes en cada momento.
– Informar a la representación legal de las personas trabajadoras sobre los acuerdos suscritos, indicando al menos, las personas que se van a incorporar a la empresa u organismo equiparado, el puesto o puestos en los que desarrollaran la formación y el contenido de la actividad formativa.
Undécima.
Cada persona en formación que desarrolle su actividad en la empresa u organismo equiparado en el marco del presente convenio se compromete a:
– Cumplir con el calendario y horario formativo establecido en la empresa u organismo equiparado.
– Cumplir con las normas establecidas por la empresa u organismo equiparado, especialmente las referidas a la prevención de riesgos laborales.
– Aplicar y cumplir adecuadamente con las tareas formativas que se le encomienden en la empresa u organismo equiparado, de acuerdo con el plan de formación y la programación establecida, respetando el régimen interno de funcionamiento de la misma.
– Respetar y cuidar los medios materiales que se pongan a su disposición.
– Comunicar a la empresa u organismo equiparado con la antelación que sea posible cualquier ausencia.
– Respetar la máxima confidencialidad durante su periodo de formación en la empresa u organismo equiparado y a la finalización de la misma. Además, no se le permite la reproducción o almacenamiento de datos de la empresa u organismo equiparado, ni su transmisión, cualquiera que sea el medio utilizado para ello, sin permiso expreso del tutor o tutora de la empresa u organismo equiparado.
– Otras acordadas con la empresa u organismo equiparado e incorporadas en el presente convenio.
Duodécima.
Cada profesor, profesora, personal formador y experto que forme parte del equipo docente responsable de la acción formativa en cuyo marco se desarrolla el periodo de formación en empresa u organismo equiparado objeto del presente convenio se compromete a:
– Participar en el diseño y planificación del plan formativo y en la programación de los módulos profesionales de su competencia que se desarrollen conjuntamente entre centro y empresa.
– Asistir a las reuniones de coordinación.
– Desarrollar los procedimientos y sistemas de evaluación descritos en la programación del ciclo formativo y cumplimentar la documentación pertinente, incorporando la valoración e informe del tutor o tutora de empresa respecto de los resultados de aprendizaje incluidos en cada módulo profesional.
– Participar en la elaboración de la memoria final del plan, junto con los restantes agentes implicados y bajo la coordinación que establezca la dirección del centro.
Decimotercera.
Cada tutor o tutora dual del centro, en el marco del presente convenio se compromete a:
– Facilitar las relaciones permanentes entre el centro de formación profesional y la empresa.
– Determinar, junto con el tutor o tutora dual de la empresa u organismo equiparado, las plazas formativas a cubrir.
– Coordinar y concretar el Plan de Formación, junto con el tutor o tutora de la empresa y con el resto del equipo docente que imparte docencia, así como el proceso de seguimiento y evaluación.
– Asistir a la persona en formación durante el o los periodos de formación en empresa u organismo equiparado, resolviendo cualquier incidencia, garantizando la existencia de apoyos precisos en los casos en que sea necesario para el correcto desarrollo de las actividades de formación, y velando por el aprovechamiento correcto de la persona a formar, mediante visitas periódicas a la o las empresas, entrevistas con la persona en formación y otros medios previstos al efecto.
– Colaborar con el tutor o tutora dual de la empresa u organismo equiparado en la valoración de la adquisición de los resultados de aprendizaje previstos, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos, y ajustar, de acuerdo con los criterios del centro, su participación en la sesión de evaluación de la persona en formación.
– Otros acordados entre el centro y la empresa u organismo equiparado.
Decimocuarta.
En todo momento la persona en formación irá provista en la empresa del DNI y documento de identificación del centro de formación profesional en que esté inscrito.
Decimoquinta.
Este convenio estará vigente a partir de la fecha de su firma y hasta la finalización del plan de formación.
Decimosexta.
Las partes se comprometen a cumplir con las obligaciones establecidas en el Reglamento General de Protección de Datos (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y en cualesquiera otras normas vigentes o que en el futuro se puedan promulgar sobre esta materia. Las entidades y personas beneficiarias interesadas tendrán los derechos de acceso, rectificación y supresión de datos a que hacen referencia los artículos 12 a 18 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
Los datos de carácter personal facilitados por una de las partes a la otra serán tratados por aquella que los reciba como responsable de los mismos, con la finalidad de gestionar el presente acuerdo y la formación práctica correspondiente, por ser necesarios para la ejecución de ambas finalidades, datos que serán conservados durante el plazo de duración del presente acuerdo y más allá durante los plazos legalmente establecidos.
De conformidad con cuanto antecede, en el ejercicio de las facultades que legalmente corresponden a cada uno de los firmantes, obligando con ello a las partes que suscriben el presente convenio en el lugar y fecha señalados al principio
| Por la empresa/organismo equiparado, | Por el centro de Formación Profesional, |
Nota: Cuando alguna de las partes firmantes del convenio tenga la condición de Administración pública, se atendrá a la normativa que, a este respecto, prevé la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como la que en el ámbito autonómico le fuera de aplicación.
ANEXO V. Documentación justificativa
Fotocopia compulsada del título académico oficial exigido. Cuando la titulación presentada esté vinculada con el módulo profesional que se desea impartir, se considerará que engloba en sí misma los objetivos de dicho módulo. En caso contrario, además de la titulación, se aportarán los documentos indicados en los apartados siguientes.
En el caso de que se desee justificar que las enseñanzas conducentes a la titulación oficial aportada o los estudios oficiales realizados engloban los objetivos de los módulos profesionales que se pretende impartir:
– Original o fotocopia compulsada de la certificación académica personal de los estudios realizados, expedida por un centro oficial, en la que conste el detalle de las materias o asignaturas cursadas.
– Original o fotocopia compulsada de los programas de los estudios cursados por la persona interesada, sellados por la universidad correspondiente.
Para la justificación de la experiencia docente se aportará la documentación acreditativa del centro docente autorizado por la administración educativa correspondiente, con indicación del tiempo de docencia y las materias, asignaturas o módulos profesionales impartidos. Dicha documentación deberá estar visada por la Inspección educativa.
En el caso de que se desee justificar mediante la experiencia laboral que, al menos durante tres años, se ha desarrollado una actividad profesional en el sector vinculado a la familia profesional, se acreditará, según el caso, mediante:
– Para trabajadores o trabajadoras asalariados:
● Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina o de la mutualidad a la que estuvieran afiliadas, donde conste la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación, y
● Contrato de Trabajo o certificación de la empresa donde hayan adquirido la experiencia laboral, en la que conste específicamente la duración de los periodos de prestación del contrato, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad.
– Para trabajadores o trabajadoras autónomos o por cuenta propia:
● Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina de los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente y
● Descripción de la actividad desarrollada e intervalo de tiempo en el que se ha realizado la misma.
ANEXO VI. Aspectos organizativos y curriculares del título de Técnico Superior en Acondicionamiento Físico
A) Secuenciación, temporalización y distribución horaria del currículo:
| Módulo / proyecto | Bilingüe | Horas | 1.º | 2.º |
|---|---|---|---|---|
| Módulo / proyecto | Bilingüe | Horas | Secuenciación | Secuenciación |
| 1149. Actividades básicas de acondicionamiento físico con soporte musical. | Sí. | 160 | 5 | |
| 1150. Actividades especializadas de acondicionamiento físico con soporte musical. | Sí. | 170 | 5 | |
| 1136. Valoración de la condición física e intervención en accidentes. | Sí. | 220 | 7 | |
| 1148. Fitness en sala de entrenamiento polivalente. | Sí. | 220 | 7 | |
| 1709. Itinerario personal para la Empleabilidad I. | 100 | 3 | ||
| 1708. Sostenibilidad aplicada al sistema productivo. | 35 | 1 | ||
| 0179. Inglés profesional (GS). | 70 | 2 | ||
| 0017. Habilidades sociales. | 100 | 3 | ||
| 1151. Acondicionamiento físico en el agua. | Sí. | 200 | 6 | |
| 1152. Técnicas de hidrocinesia. | Sí. | 200 | 6 | |
| 1153. Control postural, bienestar y mantenimiento funcional. | Sí. | 260 | 8 | |
| 1710. Itinerario personal para la Empleabilidad II. | 100 | 3 | ||
| 1665. Digitalización aplicada a los sectores productivos (GS). | 35 | 1 | ||
| Optativa(s). | 80 | 2 | ||
| 1154. Proyecto Intermodular. | 50 | 1 | ||
| Total. | 2000 | 30 | 30 |
B) Espacios, instalaciones y equipamientos mínimos:
Espacios:
| Espacio formativo | 30 alumnos/as | 20 alumnos/as |
|---|---|---|
| Espacio formativo | Superficie m² | Superficie m² |
| Aula polivalente. | 60 | 40 |
| Sala gimnasio de 480 m2, que incluirá vestuarios, duchas y almacén. | 480 | 480 |
| Aula técnica físico-deportiva con almacén. | 180 | 120 |
| Piscina climatizada de 25 metros de largo y 2 metros de profundidad (1). | 5 calles | 3 calles |
| Sala de entrenamiento polivalente. (1). | – | – |
(1) Espacio no necesariamente ubicado en el centro de formación.
Equipamiento:
| Espacio formativo | Equipamiento |
|---|---|
| Aula polivalente. | Ordenadores instalados en red. Conexión a Internet. Medios audiovisuales. Programas informáticos específicos del ciclo formativo. |
| Sala gimnasio de 480 m2, que incluirá vestuarios, duchas y almacén. | Espejos. Implementos específicos de las distintas actividades de acondicionamiento físico en grupo con soporte musical. Equipo de sonido para grandes espacios (mínimo 500 w) con altavoces autoamplificables. Equipo básico de iluminación escénica. Espalderas. Colchonetas Materiales de fitness y wellness: – Bandas elásticas, flex bands. – Pelotas y balones (de estabilidad, de gran y pequeño diámetro, con peso, de espuma y otros). – Rulos, rodillos o barras de espuma. – Bloques de yoga. – Plataformas de estabilización. – Materiales para el método pilates: aros. Complementos de almacenaje: armarios, soportes, cestas y carros. |
| Aula técnica físico-deportiva con almacén. | Material para registro fotográfico digital: cámara de grabación y trípode. Equipos audiovisuales: DVD, cañón, monitor y reproductor de audio portátil. PC instalados en red y software específicos para: – La valoración de la condición física y biológica. – La elaboración de programas de entrenamiento: periodización del entrenamiento, programación, agenda y cronogramas. – El tratamiento de imágenes. Materiales para la valoración de: – La condición física: cinta métrica, cronómetro, pulsómetro, metrónomo, plataformas de fuerza, máquinas de resistencia y dinamómetros. – La condición biológica: pinza para pliegues cutáneos, aparato de bioimpedancia, báscula, antropómetro, plomada y podoscopio. – Los aspectos psicosociales: baterías de cuestionarios. Material para primeros auxilios: – Botiquín con bolsas de frío instantáneo, antisépticos (jabón, suero fisiológico, alcohol, clorhexidina y yodopovidona, entre otros), material de curas (gasas, apósitos, vendas y esparadrapo, entre otros), fármacos (analgésicos-antitérmicos, antiinflamatorios tópicos, crema para quemaduras y sobres de suero oral, entre otros), guantes y jeringas desechables, termómetro, tijeras y pinzas. – Juego completo de férulas hinchables para inmovilizar, collarines ajustables, collarines cervicales rígidos (adulto, pediátrico y multitallas), tablero espinal, colchón de vacío, camillas fijas con fundas desechables, camilla portátil plegable, camilla de palas, camilla rígida de traslados con inmovilización y mantas térmicas plegadas. – Maniquí de RCP, equipo de oxigenoterapia, desfibrilador automático, carros de parada (adultos y pediátricos), aspirador y catéteres, protector facial y mascarilla para RCP. – Partes de accidentes y libro de memorias. – Dispensador de jabón y de papel. – Lavapiés. – Nevera. – Contenedor para residuos desechables peligrosos. Sillas. |
| Piscina climatizada de 25 metros de largo y 2 metros de profundidad (1) | Accesorios que aumentan la flotabilidad: burbujas de corcho, manguitos, boyas, tablas de natación, flotadores cervicales, churros, pullbuoys barras-boya y flotamanos. Accesorios que generan resistencia: aletas, guantes de natación, paletas de mano, tablas de pies, campanas, pesas, remos, tobilleras y muñequeras lastradas. Combinación de accesorios de flotación y aparatos estabilizadores, chalecos con amarras laterales. Otros materiales: gomas elásticas, tapices flotantes y otras estructuras, steps acuáticos, barras de aqua fitness. Bicicletas acuáticas para ciclo indoor acuático. Complementos de almacenaje: armarios, cestas y carros. Materiales para el salvamento acuático: maniquí de arrastre, rabiza para salvavidas, tubos de rescate y salvavidas. |
| Sala de entrenamiento polivalente (1) | Cardiovasculares: – Bicicletas estáticas. – Remos aeróbicos de banco móvil. – Tapiz rodante. – Simulador de subir escaleras. – Máquina cardiovascular elíptica. Musculares: – Máquinas selectorizadas. – Fondera. – Soporte para dominadas. – Máquina multipower. – Discos de diámetro olímpico desde 1,25 kg hasta 20 kg. – Barras olímpicas, barras z, mancuernas sucesivas desde 1 kg hasta 40 kg. – Bancos de trabajo: fijo, articulado, con soportes incorporados para press de banca horizontal, para press militar con respaldo vertical. – Cinturones de protección lumbar de tallas diferentes. – Gomas elásticas. – Jaula con soportes para sentadilla. Para estiramientos: – Colchonetas de 2x1 m. – Máquina polivalente de estiramientos. Balones de gran diámetro (entre 50 y 100 cm. de diámetro). Espalderas. |
(1) Espacio no necesariamente ubicado en el centro de formación.
ANEXO VII. Aspectos organizativos y curriculares del título de Técnico Superior en Enseñanza y Animación Sociodeportiva
A) Secuenciación, temporalización y distribución horaria del currículo:
| Módulo/Proyecto | Bilingüe | Horas | 1.º | 2.º |
|---|---|---|---|---|
| Módulo/Proyecto | Bilingüe | Horas | Secuenciación | Secuenciación |
| 1143. Metodología de la enseñanza de actividades físico-deportivas. | 130 | 4 | ||
| 1141. Actividades físico-deportivas de implementos. | 130 | 4 | ||
| 1138. Juegos y actividades físico-recreativas y de animación turística. | Sí. | 170 | 5 | |
| 1139. Actividades físico-deportivas individuales. | Sí. | 170 | 5 | |
| 1140. Actividades físico-deportivas de equipo. | Sí. | 190 | 6 | |
| 1709. Itinerario personal para la Empleabilidad I. | 100 | 3 | ||
| 1708. Sostenibilidad aplicada al sistema productivo. | 35 | 1 | ||
| 0179. Inglés profesional (GS). | 70 | 2 | ||
| 1136. Valoración de la condición física e intervención en accidentes. | Sí. | 220 | 7 | |
| 1137. Planificación de la animación sociodeportiva. | 100 | 3 | ||
| 1124. Dinamización grupal. | 130 | 4 | ||
| 1142. Actividades físico-deportivas para la inclusión social. | Sí. | 120 | 4 | |
| 1123. Actividades de ocio y tiempo libre. | Sí. | 170 | 5 | |
| 1710. Itinerario personal para la Empleabilidad II. | 100 | 3 | ||
| 1665. Digitalización aplicada a los sectores productivos (GS). | 35 | 1 | ||
| Optativa(s). | 80 | 2 | ||
| 1144. Proyecto Intermodular. | 50 | 1 | ||
| Total. | 2000 | 30 | 30 |
B) Espacios, instalaciones y equipamientos mínimos:
Espacios:
| Espacio formativo | 30 alumnos/as | 20 alumnos/as |
|---|---|---|
| Espacio formativo | Superficie m² | Superficie m² |
| Aula polivalente. | 60 | 40 |
| Sala gimnasio de 480 m2 que incluirá vestuarios, duchas y almacén. | 480 | 480 |
| Aula técnica físico-deportiva con almacén. | 180 | 120 |
| Pista polideportiva. | 968 | |
| Pistas de tenis. (1). | 3 pistas | |
| Pistas de pádel. (1). | 3 pistas | |
| Piscina climatizada de 25 metros de largo y 2 metros de profundidad. (1). | 5 calles | |
| Sala polideportiva de barrio. (1). | 1215 | |
| Instalaciones no convencionales urbanas (parques, plazas y jardines, entre otros) y en el medio natural (campos, bosques y playas). (1). | ||
| Instalaciones de atletismo. (1). |
(1) Espacio no necesariamente ubicado en el centro de formación.
Equipamiento:
| Espacio formativo | Equipamiento |
|---|---|
| Aula polivalente. | Ordenadores instalados en red. Conexión a Internet. Medios audiovisuales. Programas informáticos específicos del ciclo formativo. |
| Sala gimnasio con vestuarios, duchas y almacén. | Colchonetas y tapices de gimnasia. Espalderas. Bancos suecos. Elementos blandos de salto y plintos. Trampolines y minitrampolines. |
| Aula técnica físico-deportiva con almacén. | Mesas y sillas para el profesorado y para alumnado. Material para registro fotográfico digital: cámara de grabación y trípode. Equipo básico de iluminación escénica. Equipo de sonido para grandes espacios (mínimo 500 w) con altavoces autoamplificables. Equipos audiovisuales: DVD, cañón, monitor y reproductor de audio portátil. PC instalados en red y software específicos para: – La valoración de la condición física y biológica. – La elaboración de programas de entrenamiento: periodización del entrenamiento, programación, agenda y cronogramas. – El tratamiento de imágenes. Materiales para la valoración de: – La condición física: cinta métrica, cronómetro, pulsómetro, metrónomo, plataformas de fuerza, máquinas de resistencia y dinamómetros. – La condición biológica: pinza para pliegues cutáneos, aparato de bioimpedancia, báscula, antropómetro, plomada y podoscopio. – Los aspectos psicosociales: baterías de cuestionarios. Material didáctico convencional y alternativo del ámbito de la actividad física: – Aros, cuerdas, cintas elásticas, pelotas de diferentes tipos, (gigantes, de gomaespuma y pelotas cometa, entre otras), indiacas, ringos macizos, tamburelos, discos voladores, boomerangs, paracaídas y palas. – Material de floorball, de lacrosse y de shuttleball. – Conos demarcadores de espacios, juegos de picas multiusos con grapas y soportes, esterillas o colchonetas aislantes individuales e infladores. Materiales de juegos populares: petanca, bolos y caliche, entre otros. Material para cross de orientación: brújulas y planos, balizas de diferentes tamaños y pinzas de comprobación. Material para primeros auxilios: – Botiquín con bolsas de frío instantáneo, antisépticos (jabón, suero fisiológico, alcohol, clorhexidina y yodopovidona, entre otros), material de curas (gasas, apósitos, vendas y esparadrapo, entre otros), fármacos (analgésicos-antitérmicos, antiinflamatorios tópicos, crema para quemaduras y sobres de suero oral, entre otros), guantes y jeringas desechables, termómetro, tijeras y pinzas. – Juego completo de férulas hinchables para inmovilizar, collarines ajustables, collarines cervicales rígidos (adulto, pediátrico y multitallas), tablero espinal, colchón de vacío, camillas fijas con fundas desechables, camilla portátil plegable, camilla de palas, camilla rígida de traslados con inmovilización y mantas térmicas plegadas. – Maniquí de RCP, equipo de oxigenoterapia, desfibrilador automático, carros de parada (adultos y pediátricos), aspirador y catéteres, protector facial y mascarilla para RCP. – Partes de accidentes y libro de memorias. – Dispensador de jabón y de papel. – Lavapiés. – Nevera. – Contenedor para residuos desechables peligrosos. – Sillas. |
| Pista polideportiva. | Material fijo para baloncesto, voleibol, fútbol y balonmano. Juegos de porterías, redes y postes portátiles auxiliares. Material móvil de las distintas actividades físico-deportivas de equipo; conos demarcadores de espacios, petos, aros y picas. Carros portabalones. |
| Pistas de tenis. | Juegos de redes y postes portátiles auxiliares. Palas y raquetas de iniciación (sobredimensionadas) de diferentes pesos y tamaños. Conos demarcadores de espacios y aros, entre otros. Carros para pelotas de tenis. |
| Pistas de pádel. | Raquetas de pádel. Embudos recogebolas para pádel. Carros para pelotas de pádel. |
| Piscina climatizada de 25 metros de largo y 2 metros de profundidad. | Materiales para el aprendizaje de los estilos de natación y la recreación en el medio acuático: Elementos flotantes (tapices de diferentes tamaños, hinchables y figuras, entre otros) y elementos de ayuda a la flotación (tablas y pullbuoys, flotadores, burbujas, manguitos y cinturones, entre otros). Elementos sumergibles: anillos, ringos, palos y perlas, entre otros. Elementos de ayuda a la propulsión: aletas, manoplas y guantes, entre otros. Materiales para el salvamento acuático: maniquí de arrastre, rabiza para salvavidas, tubos de rescate y salvavidas. |
| Sala polideportiva de barrio. | Material fijo para baloncesto, voleibol, fútbol y balonmano. Juegos de porterías, redes y postes portátiles auxiliares. Material móvil de las distintas actividades físico-deportivas de equipo; conos demarcadores de espacios, petos, aros y picas. Carros portabalones. |
| Instalaciones no convencionales urbanas (parques, plazas y jardines, entre otros) y en el medio natural (campos, bosques y playas). | Instalaciones no convencionales urbanas (parques, plazas y jardines, entre otros) y en el medio natural (campos, bosques y playas). |
| Instalaciones de atletismo. | Para salto: colchonetas quitamiedos, saltómetros, listones de aluminio y de espuma, foso de caída, elementos para la iniciación al salto con pértiga y cintas métricas. Para lanzamiento: jabalinas convencionales y de espuma, pesos de caucho, pelotas de lanzamiento, martillos y discos blandos. Para carreras: vallas de iniciación y multiusos, tacos de salida y testigos. |
ANEXO VIII. Aspectos organizativos y curriculares del título de Técnico Superior en Administración y Finanzas
A) Secuenciación, temporalización y distribución horaria del currículo:
| Módulo/Proyecto | Bilingüe | Horas | 1.º | 2.º |
|---|---|---|---|---|
| Módulo/Proyecto | Bilingüe | Horas | Secuenciación | Secuenciación |
| 0647. Gestión de la documentación jurídica y empresarial. | 100 | 3 | ||
| 0648. Recursos humanos y responsabilidad social corporativa. | 100 | 3 | ||
| 0650. Proceso integral de la actividad comercial. | 130 | 4 | ||
| 0655. Gestión logística y comercial. | 140 | 4 | ||
| 0651. Comunicación y atención al cliente. | Sí. | 160 | 5 | |
| 0649. Ofimática y proceso de la información. | Sí. | 160 | 5 | |
| 1709. Itinerario personal para la Empleabilidad I. | 100 | 3 | ||
| 1708. Sostenibilidad aplicada al sistema productivo. | 35 | 1 | ||
| 0179. Inglés profesional (GS). | 70 | 2 | ||
| 0652. Gestión de recursos humanos. | Sí. | 100 | 3 | |
| 0656. Simulación empresarial. | Sí. | 200 | 6 | |
| 0653. Gestión financiera. | Sí. | 190 | 6 | |
| 0654. Contabilidad y fiscalidad. | Sí. | 190 | 6 | |
| 1710. Itinerario personal para la Empleabilidad II. | 100 | 3 | ||
| 1665. Digitalización aplicada a los sectores productivos (GS). | 35 | 1 | ||
| Optativa(s). | 80 | 2 | ||
| 1712. Inglés Profesional II (GS). | 60 | 2 | ||
| 0657. Proyecto Intermodular. | 50 | 1 | ||
| Total. | 2000 | 30 | 30 |
B) Espacios, instalaciones y equipamientos mínimos:
Espacios:
| Espacio formativo | 30 alumnos/as | 20 alumnos/as |
|---|---|---|
| Espacio formativo | Superficie m² | Superficie m² |
| Aula polivalente. | 60 | 40 |
| Aula de administración y gestión. | 100 | 75 |
Equipamiento:
| Espacio formativo | Equipamiento |
|---|---|
| Aula polivalente. | 30 PCs instalados en red, con conexión a Internet para el alumnado. Pc para el profesorado. Escáner. Impresora. Mobiliario de aula. Cañón de proyección. Pantalla de proyección. Reproductor audiovisual. Pizarra electrónica. Dispositivos de almacenamiento de datos, memorias USB, discos duros portátiles, CD y DVD. Licencias de sistema operativo. Licencia de uso de aplicaciones informáticas generales: procesador de textos, hoja de cálculo, base de datos, presentaciones, correo electrónico, retoque fotográfico, cortafuegos, antivirus, compresores y edición de páginas web. Licencias de uso de aplicaciones informáticas de gestión administrativa: paquetes integrados de gestión de personal, compraventa, contabilidad y almacén, entre otros. Diccionarios profesionales de idiomas. |
| Aula de administración y gestión. | Un ordenador del profesor/a, integrado en la red, con conexión a Internet. Cañón de proyección. Pizarra electrónica. Licencias de sistema operativo. Mesas de oficina con puestos de trabajo individuales, equipadas con: PC instalado en la red común con conexión a Internet. Aplicaciones informáticas de propósito general: procesador de textos, hoja de cálculo, base de datos, presentaciones, correo electrónico, retoque fotográfico, compresores, antivirus y edición de páginas web. Aplicaciones informáticas de gestión administrativa: paquetes integrados de gestión de personal, compraventa, contabilidad y almacén. Sistemas de tramitación electrónica. Sillas de oficina. Dispositivos electrónicos de almacenamiento de datos, memorias USB, discos duros portátiles, CD y DVD. Impresora multifunción en red. Scanner. Fotocopiadora. Teléfono. Centralitas telefónicas o teléfonos multifunciones. Fax. Terminal de punto de venta (TPV). Mobiliario y material diverso de oficina: archivos de documentación convencionales, carpetas de archivo, grapadoras, taladros, tijeras, papel y etiquetas, entre otros. Documentación oficial de las diversas administraciones públicas. Diccionarios profesionales de idiomas. |
ANEXO IX. Aspectos organizativos y curriculares del título de Técnico Superior en Asistencia a la Dirección
A) Secuenciación, temporalización y distribución horaria del currículo:
| Módulo/Proyecto | Bilingüe | Horas | 1.º | 2.º |
|---|---|---|---|---|
| Módulo/Proyecto | Bilingüe | Horas | Secuenciación | Secuenciación |
| 0648. Recursos humanos y responsabilidad social corporativa. | 100 | 3 | ||
| 0647. Gestión de la documentación jurídica y empresarial. | 100 | 3 | ||
| 0650. Proceso integral de la actividad comercial. | 130 | 4 | ||
| 0651. Comunicación y atención al cliente. | Sí. | 160 | 5 | |
| 0649. Ofimática y proceso de la información. | Sí. | 160 | 5 | |
| 1709. Itinerario personal para la Empleabilidad I. | 100 | 3 | ||
| 1708. Sostenibilidad aplicada al sistema productivo. | 35 | 1 | ||
| 0179. Inglés profesional (GS). | 70 | 2 | ||
| 0180. Segunda lengua extranjera. | 130 | 4 | ||
| 0663. Gestión avanzada de la información. | Sí. | 200 | 6 | |
| 0661. Protocolo empresarial. | Sí. | 230 | 7 | |
| 0662. Organización de eventos empresariales. | Sí. | 260 | 8 | |
| 1710. Itinerario personal para la Empleabilidad II. | 100 | 3 | ||
| 1665. Digitalización aplicada a los sectores productivos (GS). | 35 | 1 | ||
| Optativa(s). | 80 | 2 | ||
| 1712. Inglés Profesional II (GS). | 60 | 2 | ||
| 0664. Proyecto Intermodular. | 50 | 1 | ||
| Total. | 2000 | 30 | 30 |
B) Espacios, instalaciones y equipamientos mínimos:
Espacios:
| Espacio formativo | 30 alumnos/as | 20 alumnos/as |
|---|---|---|
| Espacio formativo | Superficie m² | Superficie m² |
| Aula polivalente. | 60 | 40 |
| Aula de administración y gestión. | 100 | 75 |
Equipamiento:
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial del Estado correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de BOE, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
BOE
Condiciones de reutilización del BOE — cita obligatoria de la fuente
Fuente de los datos: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (https://www.boe.es). Datos reutilizados conforme a las condiciones de reutilización del BOE (Resolución de 27 de junio de 2024). Este repositorio es una obra derivada basada en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.