Resolución de 26 de julio de 2024, de la Presidencia del Comisionado para el Mercado de Tabacos, por la que se publican los precios de venta al público de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio

Rango Resolución
Publicación 2024-07-27
Estado Vigente
Texto Tal como se publicó
Departamento Ministerio de Hacienda
Fuente BOE
PDF Descargar
artículos Sin indexar

Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.

Historial de reformas JSON API

En virtud de lo establecido en el artículo 4 de la Ley 13/1998, de 4 de mayo, de Ordenación del Mercado de Tabacos y Normativa Tributaria se publican los precios de venta al público (PVP) de determinadas labores de tabaco en Expendedurías de Tabaco y Timbre del área del Monopolio, que han sido propuestos por los correspondientes fabricantes e importadores.

Primero.

Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en Expendedurías de Tabaco y Timbre de la Península e Illes Balears, serán los siguientes:

A) CIGARRILLOS

PVP – Euros/cajetilla
Denim Red American Blend (29). 6,20

B) CIGARROS Y CIGARRITOS

PVP – Euros/unidad
BARREDA VEGA SUPREMA ORO BARREDA VEGA SUPREMA ORO
Barreda Vega Suprema Oro Doble Robusto C (24). 7,90
Barreda Vega Suprema Oro Gran Cañón C (24). 8,50
Barreda Vega Suprema Oro Gran Toro C (24). 8,60
DON JOSÉ DON JOSÉ
Don José Corto 3 1/2x52 (20). 1,70
Don José Mini Robusto 4 1/2x50 (20). 2,00
Don José Mini Titan 4 1/2x60 (20). 2,50
Don José N.º2 5 3/4x50 (20). 2,30
Don José Perlas 4x40 (20). 1,50
Don José Pirámides 6x52 (20). 2,40
Don José Titan 6x60 (20). 2,80
FLOR DE FILIPINAS FLOR DE FILIPINAS
Coronas (25). 0,60
Coronas XXL (25). 0,65
Coronitas (25). 0,60
Flor de Filipinas Coronas (10). 0,60
Flor de Filipinas Robusto (10). 0,65
Flor de Filipinas Señoritas (10). 0,60
Palmeros (25). 0,60
Robusto (25). 0,65
Short Robusto (25). 0,55
JOYA DE NICARAGUA JOYA DE NICARAGUA
Joya de Nicaragua Clásico Selección B C (25). 4,80
LA PERLA DE LUZÓN LA PERLA DE LUZÓN
La Perla de Luzón Coronas (20). 0,57
La Perla de Luzón Robustos (20). 0,62
La Perla de Luzón Señoritas (20). 0,57
LIGA PRIVADA LIGA PRIVADA
Liga Privada Único Nasty Fritas (25). 8,30

C) CIGARROS Y CIGARRITOS

PVP – Euros/envase
ALEJANDRO ALFAMBRA ALEJANDRO ALFAMBRA
Alejandro Alfambra Serie Clásica Magnum XIV (el envase de 10). 24,00
FLOR DE FILIPINAS FLOR DE FILIPINAS
Coronitas (el envase de 5). 2,15
Robusto (el envase de 3). 1,35

D) PICADURAS DE LIAR

PVP – Euros/unidad
Bronx Virginia Blend (30 g). 5,00
Fairgreen Artesano Classic (30 g). 5,50
Fairgreen Artesano Fine (30 g). 5,50
Fleur de Lys Blonde (40 g). 6,90
Interval Blond (40 g). 9,20
Manitou Virginia White (30 g). 5,90

Segundo.

Los precios de venta al público (PVP) de las labores de tabaco que se indican a continuación, incluidos los diferentes tributos, en Expendedurías de Tabaco y Timbre de Ceuta y Melilla serán los siguientes:

A) TABACO DE MASCAR

PVP – Euros/unidad
Makla Bouhlel Bentchicou Rouge (20 g). 1,40
Makla El Kantara (20 g). 1,40
Makla Ifrikia (20 g). 1,55

Tercero.

La presente resolución entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 26 de julio de 2024.–El Presidente del Comisionado para el Mercado de Tabacos, Luis Gavira Caballero.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial del Estado correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de BOE, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. BOE
Condiciones de reutilización del BOE — cita obligatoria de la fuente
Fuente de los datos: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (https://www.boe.es). Datos reutilizados conforme a las condiciones de reutilización del BOE (Resolución de 27 de junio de 2024). Este repositorio es una obra derivada basada en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.