Orden AUC/83/2024, de 23 de enero, por la que se suprime la Oficina Consular Honoraria, con categoría de Consulado Honorario de España, en Joao Pessoa, en el estado de Paraíba, y se modifica la circunscripción consular de la Oficina Consular Honoraria, con categoría de Consulado Honorario de España, en Recife, en el estado de Pernambuco, ambas en la República Federativa de Brasil
Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.
Desde 2017, ha quedado vacante la Oficina Consular honoraria en Joao Pessoa, en el estado brasileño de Paraíba. Dado el escaso número de españoles residentes en la región y su cercanía a la ciudad de Recife, en el colindante estado de Pernambuco, donde existe otra Oficina Consular honoraria, se considera conveniente, de un lado, suprimir la Oficina Consular honoraria en Joao, y de otro, modificar la circunscripción consular del Consulado Honorario de España en Recife, de tal manera que abarque también el estado de Paraíba. Esta modificación implicará que las necesidades de los españoles residentes y transeúntes en Paraíba y Pernambuco quedarán cubiertas por la Oficina Consular honoraria en Recife.
Por ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.1 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, y con arreglo al Reglamento de los Agentes Consulares Honorarios de España en el extranjero, aprobado por el Real Decreto 1390/2007, de 29 de octubre, a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en Brasilia y con los informes favorables de la Dirección General de Españoles en el Exterior y Asuntos Consulares y de la Dirección General para Iberoamérica y el Caribe, dispongo:
Artículo 1. Supresión del Consulado Honorario de España en Joao Pessoa, en el estado de Paraíba.
Se suprime la Oficina Consular honoraria, con categoría de Consulado Honorario de España, en Joao Pessoa, en el estado de Paraíba, en la República Federativa de Brasil.
Artículo 2. Modificación de la circunscripción consular del Consulado Honorario de España en Recife, en el estado de Pernambuco.
Se modifica la circunscripción de la Oficina Consular honoraria, con categoría de Consulado Honorario de España, en Recife, que abarcará los estados de Pernambuco y de Paraíba, ambos en la República Federativa de Brasil.
Disposición adicional única. No incremento del gasto de personal.
La creación de la Oficina Consular honoraria no supondrá incremento alguno del gasto de personal, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional trigésima tercera de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023. Su funcionamiento se atenderá con los medios materiales y personales de que dispone actualmente el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
Disposición derogatoria. Derogación normativa.
Queda derogada la Orden AEX/199/2002, de 21 de enero, por la que se crea una Oficina Consular honoraria en Joao Pessoa (República Federativa de Brasil), con categoría de Consulado Honorario, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 31, de 5 de febrero de 2002.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 23 de enero de 2024.–El Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, José Manuel Albares Bueno.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial del Estado correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de BOE, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
BOE
Condiciones de reutilización del BOE — cita obligatoria de la fuente
Fuente de los datos: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (https://www.boe.es). Datos reutilizados conforme a las condiciones de reutilización del BOE (Resolución de 27 de junio de 2024). Este repositorio es una obra derivada basada en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.