Real Decreto 676/2025, de 28 de julio, por el que se aprueba la estructura de la Presidencia del Gobierno
A propuesta del Presidente del Gobierno, de conformidad con lo previsto en el artículo 2.2.j) de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno,
DISPONGO:
Artículo 1. Organización general de la Presidencia del Gobierno.
La Presidencia del Gobierno, bajo la superior dirección del Presidente del Gobierno, desarrolla las funciones que se contemplan en el presente real decreto a través de los siguientes órganos superiores y directivos:
El Gabinete del Presidente del Gobierno.
La Dirección Adjunta del Gabinete del Presidente del Gobierno.
La Secretaría General de la Presidencia del Gobierno.
La Secretaría General de Política Nacional.
La Secretaría General de Relaciones Institucionales y Ciudadanía.
La Oficina de Asuntos Económicos y G-20.
La Secretaría de Estado de Comunicación.
Artículo 2. Funciones del Gabinete del Presidente del Gobierno.
El Gabinete del Presidente del Gobierno, como órgano de asistencia política y técnica, ejercerá las siguientes funciones:
Proporcionar al Presidente del Gobierno la información política y técnica que resulte necesaria para el ejercicio de sus funciones.
Asesorar al Presidente del Gobierno en aquellos asuntos y materias que este disponga.
Conocer los programas, planes y actividades de los distintos departamentos ministeriales, con el fin de facilitar al Presidente del Gobierno la coordinación de la acción del Gobierno.
Realizar el estudio y seguimiento de todos los programas y acciones de la Unión Europea que tengan incidencia en las políticas públicas del Estado, proporcionando la información necesaria para la toma de decisiones europeas.
Conocer las políticas y programas públicos adoptados y desarrollados por los gobiernos de las comunidades autónomas, a fin de facilitar la cooperación y la cogobernanza en todas aquellas materias que demanden acción concurrente y concertada.
Facilitar la comunicación con la ciudadanía y atender y dar respuesta a todas aquellas sugerencias, quejas e informaciones que se dirijan al Presidente del Gobierno.
Asistir al Presidente del Gobierno en los asuntos relacionados con la política nacional, la política internacional y la política económica.
Asesorar al Presidente del Gobierno en materia de Seguridad Nacional.
Realizar aquellas otras actividades o funciones que le encomiende el Presidente del Gobierno.
Artículo 3. Dirección y estructura del Gabinete del Presidente del Gobierno.
La persona titular de la Dirección del Gabinete del Presidente del Gobierno tendrá rango de Secretario de Estado.
Para el desarrollo de las funciones específicas que corresponden al Gabinete del Presidente del Gobierno y dependiendo directamente de la persona titular de la Dirección del Gabinete, existirán los siguientes órganos:
La Dirección Adjunta del Gabinete del Presidente del Gobierno, cuyo titular tendrá rango de Subsecretario.
La Secretaría General de la Presidencia del Gobierno, cuyo titular tendrá rango de Subsecretario.
La Secretaría General de Política Nacional, cuyo titular tendrá rango de Subsecretario.
La Secretaría General de Relaciones Institucionales y Ciudadanía, cuyo titular tendrá rango de Subsecretario.
El Departamento de Asuntos Europeos, cuyo titular tendrá rango de Director General.
El Departamento de Asuntos Exteriores, cuyo titular tendrá rango de Director General.
Cada uno de los citados órganos desarrollará, en su ámbito competencial, las funciones atribuidas al Gabinete del Presidente del Gobierno en el artículo 2, además de las que específicamente le encomiende la persona titular de la Dirección del Gabinete del Presidente del Gobierno.
La persona titular de la Dirección del Gabinete del Presidente del Gobierno asistirá a la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios.
La persona titular de la Dirección del Gabinete del Presidente del Gobierno ejercerá las funciones de Secretario del Consejo de Seguridad Nacional.
La persona titular de la Dirección del Gabinete del Presidente del Gobierno ejercerá las funciones de dirección, coordinación e impulso del Comité de Dirección de la Presidencia del Gobierno.
Como órgano de asistencia inmediata a la persona titular de la Dirección del Gabinete del Presidente del Gobierno y, bajo su directa dependencia orgánica, existe un Gabinete con nivel orgánico de Subdirección General, con la estructura que establece el artículo 23.3 del Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, o norma que le sustituya.
El Departamento de Asuntos Europeos se encargará de asesorar y asistir al Presidente del Gobierno en los asuntos relativos a la Unión Europea y las relaciones bilaterales con los países europeos. En concreto, le corresponde proporcionar al Presidente del Gobierno la información necesaria para el ejercicio de su participación en el Consejo Europeo, llevando a cabo el análisis y seguimiento de los programas y acciones de la Unión Europea. Para ello, contará con una Dirección Adjunta, con rango de Subdirección General.
La persona titular del Departamento de Asuntos Europeos será la enviada especial del Presidente del Gobierno a las reuniones que, a ese nivel de enviados especiales, tengan lugar en la Unión Europea.
Corresponde al Departamento de Asuntos Exteriores, en el ámbito de las funciones asignadas al Gabinete del Presidente del Gobierno, el asesoramiento, apoyo y asistencia al Presidente del Gobierno en los asuntos relacionados con su actividad internacional, relaciones exteriores, asuntos multilaterales y globales. Asimismo, se ocupará de la preparación y seguimiento de las cumbres y reuniones internacionales en las que participa el Presidente del Gobierno. Para ello, contará con una Unidad de Coordinación, cuyo titular tendrá rango de Subdirector General.
La persona titular del Departamento de Asuntos Exteriores será la enviada especial del Presidente del Gobierno a las reuniones que a ese nivel de enviados especiales tengan lugar en el ámbito internacional cuando no haya otro enviado especial por razón de la materia designado en este real decreto o, en sustitución del mismo, cuando así se designe.
Artículo 4. Dirección Adjunta del Gabinete del Presidente del Gobierno.
La persona titular de la Dirección Adjunta del Gabinete del Presidente del Gobierno desempeñará las funciones que le encomiende la persona titular de la Dirección del Gabinete.
La persona titular de la Dirección Adjunta del Gabinete del Presidente del Gobierno asistirá a la Comisión General de Secretarios de Estado y Subsecretarios y será miembro del Comité Especializado de Situación del Consejo de Seguridad Nacional dentro del Sistema de Seguridad Nacional.
El Departamento de Seguridad Nacional, cuyo titular tendrá rango de Director General, dependerá directamente de la persona titular de la Dirección Adjunta del Gabinete del Presidente del Gobierno.
Asimismo, dependerán directamente de la persona titular de la Dirección Adjunta del Gabinete del Presidente del Gobierno los siguientes Departamentos cuyos titulares tendrán rango de Director General:
El Departamento de Prospectiva Estratégica y Asesoramiento Científico.
El Departamento de Asuntos Culturales.
El Departamento de Discurso.
El Departamento de Prospectiva Estratégica y Asesoramiento Científico se encargará de fortalecer el uso de evidencia científica y los análisis prospectivos en el diseño de las políticas públicas en el Gobierno. Para ello, contará con las siguientes unidades con nivel orgánico de Subdirección General:
La Oficina Nacional de Prospectiva y Estrategia se encargará de analizar de forma multidisciplinar y empírica los retos y oportunidades a los que se enfrentará España en las próximas décadas y de ayudar al país a prepararse para ellos mediante el diseño de políticas innovadoras y la creación de estrategias de largo plazo.
La Oficina Nacional de Asesoramiento Científico se encargará de establecer mecanismos institucionales para el asesoramiento científico, identificar y potenciar casos de buenas prácticas dentro y fuera del sector público y ayudar a crear puentes entre el Gobierno y el talento científico que existe en centros de investigación y universidades.
El Departamento de Asuntos Culturales asesorará y asistirá en asuntos relacionados con la cultura y políticas culturales. Contará con una Unidad de Coordinación cuyo titular tendrá rango de Subdirector General.
El Departamento de Discurso asistirá en todas las funciones relacionadas con la propuesta y elaboración de discursos y mensajes del Presidente del Gobierno. Contará con una Unidad de Coordinación cuyo titular tendrá rango de Subdirector General.
Dependiendo directamente de la persona titular de la Dirección Adjunta del Gabinete del Presidente del Gobierno existirá un Gabinete Técnico como órgano de asistencia inmediata y asesoramiento permanente, con nivel orgánico de Subdirección General.
Artículo 5. Departamento de Seguridad Nacional.
El Departamento de Seguridad Nacional es el órgano de asesoramiento al Presidente del Gobierno en materia de Seguridad Nacional. Para ello desempeñará las siguientes funciones:
Mantendrá y asegurará el adecuado funcionamiento del Centro de Situación del Departamento de Seguridad Nacional para el ejercicio de las funciones de seguimiento y gestión de crisis.
Impulsará el desarrollo e integración del Sistema de Seguridad Nacional, potenciando los mecanismos de enlace y coordinación permanentes del Sistema.
Será el órgano de trabajo permanente y la secretaría técnica del Consejo de Seguridad Nacional y de los órganos de apoyo que conforman la estructura del Sistema de Seguridad Nacional.
Coordinará la elaboración de los catálogos de recursos de la Seguridad Nacional, así como los planes de preparación y disposición de recursos y los ejercicios de gestión de crisis del Sistema de Seguridad Nacional.
Realizará la alerta temprana y el seguimiento de los riesgos, amenazas y situaciones de crisis en coordinación con los órganos y autoridades competentes.
Gestionará y asegurará las comunicaciones especiales de la Presidencia del Gobierno.
Asesorará sobre los riesgos asociados a nuevas tecnologías digitales que puedan afectar a alguno de los ámbitos de interés previstos en la Estrategia de Seguridad Nacional.
Impulsará la Resiliencia y la Cultura de Seguridad Nacional en todos los ámbitos para una mejor preparación de la sociedad ante las situaciones de crisis.
Dependiendo de la persona titular del Departamento de Seguridad Nacional existirán las siguientes unidades, con nivel orgánico de Subdirección General:
Unidad de Comunicaciones e Infraestructuras del Sistema de Seguridad Nacional.
Unidad de Planificación y Gestión de Crisis.
Unidad de Análisis de Riesgos Asociados al Espacio Digital.
Artículo 6. Secretaría General de la Presidencia del Gobierno.
A la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno le corresponden las funciones de coordinación de las áreas de su competencia y de los departamentos y unidades que se le adscriben y, en particular, las siguientes funciones:
La organización y la seguridad de todas las actividades del Presidente del Gobierno, tanto en territorio nacional como en sus desplazamientos al exterior.
La coordinación de las actividades de apoyo y protocolo del Presidente del Gobierno en su relación con los restantes poderes del Estado.
El apoyo y el asesoramiento técnico a los distintos órganos de la Presidencia del Gobierno, así como la asistencia en materia de administración económica, personal, mantenimiento y conservación, tecnologías de la información y de las comunicaciones.
La coordinación de los programas y dispositivos logísticos para los viajes al extranjero de autoridades del Gobierno español.
La supervisión del Sistema Operativo Sanitario de la Presidencia del Gobierno.
La ejecución de aquellas otras actividades o funciones que le encomiende la persona titular de la Dirección del Gabinete del Presidente del Gobierno.
Para el desarrollo de sus funciones, la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno se estructurará en los siguientes departamentos, cuyos titulares tendrán rango de Director General:
Departamento de Coordinación Técnica y Jurídica.
Departamento de Protocolo.
Departamento de Seguridad.
De la persona titular de la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno depende un Gabinete Técnico, como órgano de asistencia inmediata y asesoramiento permanente, con nivel orgánico de Subdirección General.
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