Real Decreto 818/2025, de 16 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la financiación de iniciativas locales que contribuyan a la consecución de las actuaciones de prevención, sensibilización y divulgación destinadas a la población de origen extranjero, recogidas en los objetivos del Marco de actuaciones para el desarrollo territorial sostenible del área de influencia del Espacio Natural de Doñana
Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.
2 actos modificadores · 2026-08-27, Real Decreto 686/2026, de 26 de agosto, por el que se regula la concesión directa de subv…
Además, se seguirá lo dispuesto en el artículo 149.1.1.ª de la Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia en materia de regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales.
Disposición final segunda. Desarrollo normativo y ejecución.
Se faculta a la persona titular del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones para adoptar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de este real decreto.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Este real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 16 de septiembre de 2025.
FELIPE R.
La Ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones,
ELMA SAIZ DELGADO
ANEXO I. Distribución de la cuantía de la subvención
La distribución de la cuantía de la subvención se ha realizado diferenciando aquellos municipios que tienen una población migrante registrada trabajando en el sector de la agricultura y que participa en programas de Gestión Colectiva de Contratación en Origen, de aquellos municipios que no la tienen. A su vez, para cada uno de estos dos grupos de municipios, la cuantía se ha asignado de acuerdo con tres criterios: la población total registrada en los municipios, el porcentaje de población migrante en función de la población total y la presencia de asentamientos en los municipios.
Línea 13.1 Actuaciones de prevención y sensibilización
Beneficiarios: Almonte, Moguer, Bollullos Par del Condado, Palos de la Frontera, Rociana del Condado, Bonares, Hinojos y Lucena del Puerto.
Cuantía: 500.000 euros.
– Criterio 1 (por población total): 200.000 euros: <5.000: 15.000 euros // 5.001-10.000: 20.000 euros // 10.001-20.000: 25.000 euros // >20.001: 40.000 euros.
– Criterio 2 (por porcentaje número de inmigrantes sobre el conjunto de la población): 255.000 euros: < 10%: 20.000 euros // 10,01-20%: 25.000 euros // 20,01%-30%: 35.000 euros / > 30,01%: 40.000 euros.
– Criterio 3 (por tener asentamientos en su territorio): 45.000 euros. Correspondiendo 15.000 euros a cada municipio.
| Población | Tasa población inmigrante – Porcentaje | Criterio 1 (Población) – Euros | Criterio 2 (% inmigración) – Euros | Criterio 3 (asentamiento) – Euros | Total 13.1 | |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Almonte. | 25.327 | 21,50 | 40.000,00 | 35.000,00 | 75.000,00 | |
| Moguer. | 23.371 | 30,90 | 40.000,00 | 40.000,00 | 15.000,00 | 95.000,00 |
| Bollullos Par del Condado. | 14.433 | 11,60 | 25.000,00 | 25.000,00 | 50.000,00 | |
| Palos de la Frontera. | 12.900 | 24,30 | 25.000,00 | 35.000,00 | 15.000,00 | 75.000,00 |
| Rociana del Condado. | 8.025 | 23,80 | 20.000,00 | 35.000,00 | 55.000,00 | |
| Bonares. | 6.193 | 18,30 | 20.000,00 | 25.000,00 | 45.000,00 | |
| Hinojos. | 4.111 | 8,20 | 15.000,00 | 20.000,00 | 35.000,00 | |
| Lucena del Puerto. | 3.429 | 33 | 15.000,00 | 40.000,00 | 15.000,00 | 70.000,00 |
| 200.000,00 | 255.000,00 | 45.000,00 | 500.000,00 |
Línea 13.2 Actuaciones de divulgación
Beneficiarios: Sanlúcar de Barrameda, Almonte, Moguer, Bollullos Par del Condado, Pilas, Palos de la Frontera, La Puebla del Río. Rociana del Condado, Bonares, Isla Mayor, Aznalcázar, Villamanrique de la Condesa, Hinojos y Lucena del Puerto.
Cuantía: 500.000 euros.
– Criterio 1 (por población total): 200.000 euros: <10.000 habitantes: 10.000 euros // 10.001-20.000 habitantes: 15.000 euros // 20.001-30.000 habitantes: 20.000 euros / > 20.001 habitantes: 30.000 euros.
– Criterio 2: porcentaje de inmigrantes sobre población total 255.000 euros: < 10%: 10.000 euros // 10,01%-20%: 20.000 euros //20,01%-30,1%: 25.000 euros // > 30,01%: 30.000 euros.
– Criterio 3: por tener asentamientos en su territorio: 45.000 euros. Correspondiendo 15.000 euros a cada municipio.
| Población | Tasa población inmigrante – Porcentaje | Criterio 1 (población) – Euros | Criterio 2 (% inmigración) – Euros | Criterio 3 (asentamiento) – Euros | Total 13.2 | |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Sanlúcar de Barrameda. | 69.887 | 2,10 | 30.000,00 | 10.000,00 | 40.000,00 | |
| Almonte. | 25.327 | 21,50 | 20.000,00 | 25.000,00 | 45.000,00 | |
| Moguer. | 23.371 | 30,90 | 20.000,00 | 30.000,00 | 15.000,00 | 65.000,00 |
| Bollullos Par del Condado. | 14.433 | 11,60 | 15.000,00 | 20.000,00 | 35.000,00 | |
| Pilas. | 14.147 | 7,40 | 15.000,00 | 10.000,00 | 25.000,00 | |
| Palos de la Frontera. | 12.900 | 24,30 | 15.000,00 | 25.000,00 | 15.000,00 | 55.000,00 |
| La Puebla del Río. | 11.860 | 3,30 | 15.000,00 | 10.000,00 | 25.000,00 | |
| Rociana del Condado. | 8.025 | 23,80 | 10.000,00 | 25.000,00 | 35.000,00 | |
| Bonares. | 6.193 | 18,30 | 10.000,00 | 20.000,00 | 30.000,00 | |
| Isla Mayor. | 5.785 | 3,40 | 10.000,00 | 10.000,00 | 20.000,00 | |
| Aznalcázar. | 4.923 | 5,50 | 10.000,00 | 10.000,00 | 20.000,00 | |
| Villamanrique de la Condesa. | 4.655 | 13,60 | 10.000,00 | 20.000,00 | 30.000,00 | |
| Hinojos. | 4.111 | 8,20 | 10.000,00 | 10.000,00 | 20.000,00 | |
| Lucena del Puerto. | 3.429 | 33 | 10.000,00 | 30.000,00 | 15.000,00 | 55.000,00 |
| Total. | 200.000,00 | 255.000,00 | 45.000,00 | 500.000,00 |
Total líneas 13.1 y 13.2
| Población | Tasa población inmigrante – Porcentaje | Total 13.1 – Euros | Total 13.2 – Euros | Total – Euros | |
|---|---|---|---|---|---|
| Sanlúcar de Barrameda. | 69.887 | 2,10 | 40.000,00 | 40.000,00 | |
| Almonte. | 25.327 | 21,50 | 75.000,00 | 45.000,00 | 120.000,00 |
| Moguer. | 23.371 | 30,90 | 95.000,00 | 65.000,00 | 160.000,00 |
| Bollullos Par del Condado. | 14.433 | 11,60 | 50.000,00 | 35.000,00 | 85.000,00 |
| Pilas. | 14.147 | 7,40 | 25.000,00 | 25.000,00 | |
| Palos de la Frontera. | 12.900 | 24,30 | 75.000,00 | 55.000,00 | 130.000,00 |
| La Puebla del Río. | 11.860 | 3,30 | 25.000,00 | 25.000,00 | |
| Rociana del Condado. | 8.025 | 23,80 | 55.000,00 | 35.000,00 | 90.000,00 |
| Bonares. | 6.193 | 18,30 | 45.000,00 | 30.000,00 | 75.000,00 |
| Isla Mayor. | 5.785 | 3,40 | 20.000,00 | 20.000,00 | |
| Aznalcázar. | 4.923 | 5,50 | 20.000,00 | 20.000,00 | |
| Villamanrique de la Condesa. | 4.655 | 13,60 | 30.000,00 | 30.000,00 | |
| Hinojos. | 4.111 | 8,20 | 35.000,00 | 20.000,00 | 55.000,00 |
| Lucena del Puerto. | 3.429 | 33 | 70.000,00 | 55.000,00 | 125.000,00 |
| Total. | 500.000,00 | 500.000,00 | 1.000.000,00 |
ANEXO II. Solicitud de subvención
Para lo que se acompaña los siguientes documentos que se requieren en virtud de lo establecido en el Real Decreto 818/2025, de 16 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones para la financiación de iniciativas locales que contribuyan a la consecución de las actuaciones de prevención, sensibilización y divulgación destinadas a la población de origen extranjero, recogidas en los objetivos del Marco de actuaciones para el desarrollo territorial sostenible del área de influencia del Espacio Natural de Doñana.
…………………………………………………………………………………………………………………………………….....................................................................................................
Para la comprobación del cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 18 y siguientes del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en el marco de las subvenciones de concesión directa por Real Decreto del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (marcar únicamente en el caso de que se desee que el órgano concedente de la subvención haga consultas telemáticas necesarias para comprobar el cumplimiento del requisito de estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social):
AUTORIZO a la Secretaría de Estado de Migraciones a solicitar de la Agencia Estatal de Administración Tributaria los datos relativos al cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
AUTORIZO a la Secretaría de Estado de Migraciones, a solicitar la Tesorería General de la Seguridad Social los datos relativos al cumplimiento de sus obligaciones con la seguridad social.
El NO ejercicio de esta opción supone la obligación de aportar las certificaciones en los términos previstos en el artículo 22 del citado Reglamento.
Don/Doña …………………………………………………………………………............... representante legal de la entidad solicitante, certifica la veracidad de los datos obrantes en el presente anexo.
Fecha y firma:
En cumplimiento de lo estipulado por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, los datos de carácter personal aportados serán tratados por la Secretaría General de Inclusión e incorporados a la actividad de tratamiento que le es propia, cuya finalidad, basada en el cumplimiento de obligación legal, es la tramitación de la solicitud de esta subvención. Los datos de carácter personal pueden ser comunicados a entidades bancarias, a otros servicios competentes de las Administraciones Públicas en el ejercicio de sus competencias y, en particular, a la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y al Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas (BDNS), de acuerdo con la legislación específica aplicable. Los datos se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se han recabado y para determinar posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y patrimonio documental español. Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan, ante el delegado de protección de datos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (dpd@mitramiss.es). En su caso, también podrá presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos.
ANEXO III. Modelo de declaración responsable acreditativa de que la entidad no está incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria de subvenciones, establecidas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
Datos del/de la representante legal de la entidad solicitante.
D./D.ª: ..........................................................................................................................
Con DNI n.º: ...............................................
Cargo: .........................................................
Entidad: .........................................................................................................................
NIF de la entidad: ...........................................
DECLARA:
1. No haber sido condenada mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas o por delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos.
2. No haber solicitado la declaración de concurso voluntario, no haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, no hallarse declarados en concurso, salvo que en éste haya adquirido la eficacia un convenio, no estar sujetos a intervención judicial o no haber sido inhabilitados conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
3. No haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.
4. No estar incursos quienes ostenten la representación legal de las entidades en alguno de los supuestos de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio de alto cargo de la Administración General de Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias.
5. No haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones conforme a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones u otras leyes que así lo establezcan.
6. No estar en una situación en la que pueda presumirse que la entidad, por razón de las personas que la rigen o de otras circunstancias, es continuación o deriva, por transformación, fusión o sucesión, de otras entidades en las que hubiesen concurrido las prohibiciones para obtener subvenciones.
7. No tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.
8. Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que reglamentariamente se determinen.
9. No estar incursa en las causas de prohibición previstas en el artículo 4.5 y 6 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
En ................................................., a .…, de ....................... de ..........
Fdo.:
ANEXO IV. Memoria explicativa del proyecto
ANEXO V. Presupuesto y memoria justificativa de gastos
Presupuesto estimativo
| Concepto | Cantidad/Unidades | Subtotal (€) |
|---|---|---|
| A) Costes directos: | ||
| Costes de personal. | ||
| Costes de movilidad. | ||
| Asesoría técnica y auditoría. | ||
| Costes de difusión y publicidad. | ||
| Costes específicos relacionados con el grupo destinatario. | ||
| Costes de equipos informáticos. | ||
| Gastos de arrendamiento de bienes inmuebles. | ||
| Total gastos directos. | ||
| B) Costes indirectos: | ||
| Total costes indirectos. | ||
| Total subvención. |
Memoria justificativa de gastos
Motivación y justificación de cada partida de gastos estimados. Incluirá una descripción detallada y comprensiva de los conceptos recogidos en el presupuesto presentado; haciendo referencia a su naturaleza, motivo de imputación y vinculación con el proyecto.
1. Gastos directos:
– Personal.
– Movilidad.
– Asesoría técnica y auditoría.
– Difusión y publicidad.
– Específicos relacionados con los grupos destinatarios.
– Equipos informáticos.
– Arrendamiento de bienes inmuebles.
2. Gastos indirectos.
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