Resolución de 17 de diciembre de 2025, de la Secretaría General Técnica, en virtud del artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales

Rango Resolución
Publicación 2025-12-23
Estado Vigente
Texto Tal como se publicó
Departamento Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Fuente BOE
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artículos 75

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Historial de reformas JSON API

CONVENIO POR EL QUE SE ESTABLECE EL CONSEJO DE COOPERACIÓN ADUANERA (CCD) (ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE ADUANAS).

Bruselas, 15 de diciembre de 1950. BOE: 23-09-1954, n.º 266.

SAN VICENTE Y LAS GRANADINAS.

Adhesión: 17-09-2025.

Entrada en vigor: 17-09-2025.

K – AGRÍCOLAS Y PESQUEROS

K.B. – Pesqueros.

– NITI 19950804200.

ACUERDO SOBRE LA APLICACION DE LAS DISPOSICIONES DE LA CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL DERECHO DEL MAR DE 10 DE DICIEMBRE DE 1982 RELATIVAS A LA CONSERVACIÓN Y ORDENACIÓN DE LAS POBLACIONES DE PECES TRANSZONALES Y LAS POBLACIONES DE PECES ALTAMENTE MIGRATORIOS.

Nueva York, 04 de agosto de 1995. BOE: 21-07-2004, n.º 175.

COMORAS.

Adhesión: 05-03-2025.

Entrada en vigor: 04-04-2025.

L – INDUSTRIALES Y TÉCNICOS

L.B. – Energía y Nucleares.

– NITI 19530701200.

CONVENIO PARA LA CREACIÓN DE UNA ORGANIZACIÓN EUROPEA DE INVESTIGACIÓN NUCLEAR (CERN).

París, 1 de julio de 1953. BOE: 10-09-1962 N.º 217. Y 07-02-1984, N.º 32 REINGRESO.

ESLOVENIA.

Adhesión: 22-05-2025.

Entrada en vigor: 22-05-2025.

– NITI 19860926200.

CONVENCIÓN SOBRE LA PRONTA NOTIFICACIÓN DE ACCIDENTES NUCLEARES.

Viena, 26 de septiembre de 1986. BOE: 31-10-1989, N.º 261.

KIRGUISTÁN.

Adhesión: 17-09-2025.

Entrada en vigor: 17-10-2025.

UZBEKISTÁN

Adhesión: 14-04-2025.

Entrada en vigor: 14-05-2025.

En el instrumento de adhesión se consignó la siguiente reserva:

«De conformidad con el párrafo 3 del artículo 11 de la Convención, la República de Uzbekistán declara que no se considera obligada por lo dispuesto en el párrafo 2 del artículo 11.»

– NITI 19860926201.

CONVENCIÓN SOBRE ASISTENCIA EN CASO DE ACCIDENTE NUCLEAR O EMERGENCIA RADIOLÓGICA.

Viena, 26 de septiembre de 1986. BOE: 31-10-1989, N.º 261.

UZBEKISTÁN.

Adhesión: 30-07-2025.

En el instrumento de adhesión se consignaron las siguientes reservas:

«De conformidad con el párrafo 9 del artículo 8 de la Convención, la República de Uzbekistán declara que no se considera obligada por lo dispuesto en el párrafo 2 a) de este artículo.

De conformidad con el párrafo 9 del artículo 8 de la Convención, con respecto a todo Estado parte o miembro de la Convención que no se considere plena o parcialmente obligado por lo dispuesto en los párrafos 2 b) y 3 del artículo 8, la República de Uzbekistán declara que se considerará obligada por lo dispuesto en los párrafos 2 b) y 3 de este artículo únicamente en la medida que se indique en la declaración de ese Estado.

De conformidad con el párrafo 5 b) del artículo 10 de la Convención, la República de Uzbekistán declara que no se considera plenamente obligada por lo dispuesto en el párrafo 2 de este artículo. Además, dicho párrafo no se aplicará en los casos en que la negligencia flagrante de ciertas personas provoque la muerte o lesiones corporales a otras personas, pérdidas o daños materiales o daños al medio ambiente.

De conformidad con el párrafo 2 del artículo 13 de la Convención, la República de Uzbekistán declara que no se considera obligada por lo dispuesto en el párrafo 2 de este artículo».

Entrada en vigor: 29-08-2025.

KIRGUISTÁN.

Adhesión: 17-09-2025.

Entrada en vigor: 17-10-2025.

– NITI 19940617201.

CONVENCIÓN SOBRE SEGURIDAD NUCLEAR.

Viena, 17 de junio de 1994. BOE: 30-09-1996, N.º 236 y 21-04-1997, N.º 95.

UZBEKISTÁN.

Adhesión: 14-04-2025.

Entrada en vigor: 13-07-2025.

MONGOLIA.

Adhesión: 25-04-2025.

Entrada en vigor: 24-07-2025.

– NITI 19970905200.

CONVENCIÓN CONJUNTA SOBRE SEGURIDAD EN LA GESTIÓN DEL COMBUSTIBLE GASTADO Y SOBRE SEGURIDAD EN LA GESTIÓN DE DESECHOS RADIACTIVOS.

Viena, 5 de septiembre de 1997. BOE: 23-04-2001, n.º 97.

BANGLADESH.

Adhesión:17-09-2025.

Entrada en vigor: 16-12-2025.

LÍBANO.

Ratificación: 18-06-2025.

Entrada en vigor: 16-09-2025.

– NITI 20050708200.

ENMIENDA DE LA CONVENCIÓN SOBRE LA PROTECCIÓN FÍSICA DE LOS MATERIALES NUCLEARES.

Viena, 8 de julio de 2005. BOE: 02-05-2016, n.º 105.

MONGOLIA.

Adhesión: 25-04-2025.

Entrada en vigor: 25-04-2025.

– NITI 20090126200.

ESTATUTO DE LA AGENCIA INTERNACIONAL DE ENERGÍAS RENOVABLES (IRENA).

Bonn, 26 de enero de 2009. BOE: 29-03-2011, n.º 75.

VIETNAM.

Adhesión: 08-10-2025.

Entrada en vigor: 07-11-2025.

L.C. – Técnicos.

– NITI 19580320200.

ACUERDO RELATIVO A LA ADOPCIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS ARMONIZADOS DE LAS NACIONES UNIDAS APLICABLES A LOS VEHÍCULOS DE RUEDAS Y LOS EQUIPOS Y PIEZAS QUE PUEDAN MONTARSE O UTILIZARSE EN ÉSTOS, Y SOBRE LAS CONDICIONES DE RECONOCIMIENTO RECÍPROCO DE LAS HOMOLOGACIONES CONCEDIDAS CONFORME A DICHOS REGLAMENTOS DE LAS NACIONES UNIDAS.

Ginebra, 20 de marzo de 1958. BOE: 03-01-1962.

Reglamento número 16, sobre prescripciones uniformes, relativas a la homologación de los cinturones de seguridad para los ocupantes adultos de los vehículos automóviles.

ANDORRA.

Notificación aplicación Reglamento número 16: 23-09-2025.

Entrada en vigor. 22-11-2025.

Reglamento número 28, sobre prescripciones uniformes relativas a la homologación de los avisadores acústicos y de los automóviles en lo que concierne a su señalización acústica.

ANDORRA.

Notificación aplicación Reglamento número 28: 23-09-2025.

Entrada en vigor. 22-11-2025.

Reglamento número 46, sobre prescripciones uniformes, relativas a la homologación de los retrovisores de los vehículos automóviles en lo que concierne de montaje de retrovisores.

ANDORRA.

Notificación aplicación Reglamento número 46: 23-09-2025.

Entrada en vigor. 22-11-2025.

UZBEKISTÁN.

Adhesión: 20-10-2025.

Entrada en vigor: 19-12-2025, con la siguiente declaración y reserva:

Declaración:

«De conformidad con el apartado 5 del artículo 1 de dicho Acuerdo, la República de Uzbekistán declara que no aplicará los siguientes reglamentos de las Naciones Unidas: 0, 2, 5, 15, 32, 33, 68, 84, 92, 134 y 146.»

Reserva:

«De conformidad con el artículo 11 de dicho Acuerdo, la República de Uzbekistán declara que no se considera vinculada por los apartados 1 a 3 de su artículo 10 y que ninguna discrepancia entre dos o más Partes contratantes relativa a la interpretación o aplicación del Acuerdo podrá someterse a arbitraje sin el consentimiento de todos los países en litigio, que también deberán ponerse de acuerdo sobre la selección de los árbitros.»

Reglamento número 65, sobre prescripciones, relativas a la homologación de luces especiales de aviso para automóviles.

ANDORRA.

Notificación aplicación Reglamento número 65: 23-09-2025.

Entrada en vigor. 22-11-2025.

Reglamento número 100. Condiciones uniformes relativas a la aprobación de vehículos de baterías eléctricas con respecto a los requerimientos específicos para su construcción y seguridad funcional.

ANDORRA.

Notificación aplicación Reglamento número 100: 23-09-2025.

Entrada en vigor. 22-11-2025.

Reglamento número 106. Provisiones uniformes relativas a la aprobación de ruedas neumáticas para vehículos agrícolas y sus remolques.

ANDORRA.

Notificación aplicación Reglamento número 106: 23-09-2025.

Entrada en vigor. 22-11-2025.

Reglamento número 108. Previsiones uniformes relativas a la aprobación para la producción de neumáticos recauchutados para vehículos de motor y sus remolques.

ANDORRA.

Notificación aplicación Reglamento número 108: 23-09-2025.

Entrada en vigor. 22-11-2025.

Reglamento número 109. Provisiones uniformes relativas a la aprobación para la producción de ruedas neumáticas recauchutadas para vehículos comerciales y sus remolques.

ANDORRA.

Notificación aplicación Reglamento número 109: 23-09-2025.

Entrada en vigor. 22-11-2025.

Reglamento 148. Prescripciones uniformes relativas a la homologación de dispositivos (faros) de señalización luminosa para los vehículos a motor y sus remolques.

ANDORRA.

Notificación aplicación Reglamento número 148: 23-09-2025.

Entrada en vigor. 22-11-2025.

Reglamento 149. Prescripciones uniformes relativas a la homologación de dispositivos (faros) y sistemas de iluminación de la carretera para los vehículos a motor.

ANDORRA.

Notificación aplicación Reglamento número 149: 23-09-2025.

Entrada en vigor. 22-11-2025.

Reglamento 150. Prescripciones uniformes relativas a la homologación de dispositivos y marcas retrorreflectantes para los vehículos a motor y sus remolques.

ANDORRA.

Notificación aplicación Reglamento número 150: 23-09-2025.

Entrada en vigor. 22-11-2025.

* * *

Madrid, 17 de diciembre de 2025.–La Secretaria General Técnica, Carmen Burguillo Burgos.

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