Ley 1/2025, de 3 de abril, de medidas fiscales urgentes en materia tributaria
Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.
Por tanto, ordeno a quienes sea de aplicación esta ley que cooperen a su cumplimiento y, a los tribunales y autoridades que corresponda la hagan cumplir.
Mérida, 3 de abril de 2025.–La Presidenta de la Junta de Extremadura, María Guardiola Martín.
(Publicada en el «Diario Oficial de Extremadura» número 67, de 7 de abril de 2025)
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