Orden INT/762/2026, de 25 de julio, por la que se amplía a la provincia de Toledo el ámbito territorial de la declaración de emergencia de interés nacional declarada por la Orden INT/748/2026, de 23 de julio, por la que se declara la emergencia de interés nacional en el territorio de la Comunidad de Madrid y en la provincia de Ávila como consecuencia de los incendios forestales
Este es el acto tal como se publicó. Las modificaciones posteriores no están incorporadas al texto: cada una es un acto aparte en este repositorio y una entrada en el historial de esta ley.
1 acto modificador · 2026-07-29, Orden INT/777/2026, de 28 de julio, por la que se declara el cese de los efectos de la Or…
Mediante la Orden INT/748/2026, de 23 de julio, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 28 a 30 de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil, se ha declarado la emergencia de interés nacional en el territorio de la Comunidad de Madrid y en la provincia de Ávila como consecuencia de los incendios forestales.
En atención a la evolución de los incendios, a su carácter interterritorial y a la conveniencia de asegurar la máxima eficacia en la coordinación y empleo de los recursos disponibles, la Dirección Operativa de la Emergencia ha solicitado la ampliación de la situación operativa 3 y, por lo tanto, la declaración de emergencia de interés nacional al territorio de la provincia de Toledo (Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha).
En su virtud, acuerdo:
Primero.
Extender a la provincia de Toledo (Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha) la declaración de emergencia de interés nacional acordada mediante la Orden INT/748/2026, de 23 de julio, por la que se declara la emergencia de interés nacional en el territorio de la Comunidad de Madrid y en la provincia de Ávila como consecuencia de los incendios forestales.
Segundo.
La presente declaración de interés nacional surtirá efectos desde el momento en que se acuerda hasta que se declare su finalización una vez restablecida la normalidad, y se comunicará a los órganos competentes de las comunidades autónomas afectadas.
Sin perjuicio de lo anterior, se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» para general conocimiento.
Madrid, 25 de julio de 2026.–El Ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska Gómez.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial del Estado correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de BOE, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
BOE
Condiciones de reutilización del BOE — cita obligatoria de la fuente
Fuente de los datos: Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (https://www.boe.es). Datos reutilizados conforme a las condiciones de reutilización del BOE (Resolución de 27 de junio de 2024). Este repositorio es una obra derivada basada en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.