Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia de Seguridad Social

Rango Real Decreto-ley
Publicación 2026-02-04
Estado Vigente
Departamento Jefatura del Estado
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Cuadro de cuantías mínimas de las pensiones de la modalidad contributiva para el año 2026

Clase de pensión Con cónyuge a cargo − Euros/año Sin cónyuge: Unidad económica unipersonal − Euros/año Con cónyuge no a cargo − Euros/año
Clase de pensión Titulares Titulares Titulares
Jubilación
Titular con sesenta y cinco años. 17.592,40 13.106,80 12.441,80
Titular menor de sesenta y cinco años. 17.592,40 12.262,60 11.590,60
Titular con sesenta y cinco años procedente de gran incapacidad. 26.385,80 19.660,20 18.662,00
Incapacidad Permanente
Gran incapacidad. 26.385,80 19.660,20 18.662,00
Absoluta. 17.592,40 13.106,80 12.441,80
Total: Titular con sesenta y cinco años. 17.592,40 13.106,80 12.441,80
Total: Titular con edad entre sesenta y sesenta y cuatro años. 17.592,40 12.262,60 11.590,60
Total: Derivada de enfermedad común menor de sesenta años. 9.662,80 9.662,80 9.580,20
Parcial del régimen de accidentes de trabajo: Titular con sesenta y cinco años. 17.592,40 13.106,80 12.441,80
Viudedad
Titular con cargas familiares. 17.592,40
Titular con sesenta y cinco años o con discapacidad en grado igual o superior al 65 por 100. 13.106,80
Titular con edad entre sesenta y sesenta y cuatro años. 12.262,60
Titular con menos de sesenta años. 9.931,60
Clase de pensión Euros/año
--- ---
Orfandad
Por beneficiario. 4.011,00
Por beneficiario menor de 18 años con una discapacidad en grado igual o superior al 65 por 100. 7.882,00
En la orfandad absoluta el mínimo se incrementará en 9.931,60 euros/año distribuidos, en su caso, entre los beneficiarios.
Prestación de orfandad
Un beneficiario. 11.603,20
Varios beneficiarios: a repartir entre número de beneficiarios. 19.559,68
En favor de familiares
Por beneficiario. 4.011,00
Si no existe viudo ni huérfano pensionistas:
Un solo beneficiario con sesenta y cinco años. 9.683,80
Un solo beneficiario menor de sesenta y cinco años. 9.126,60
Varios beneficiarios: El mínimo asignado a cada uno de ellos se incrementará en el importe que resulte de prorratear 5.920,60 euros/año entre el número de beneficiarios.

Límite de ingresos para el reconocimiento de cuantías mínimas de pensión:

– Sin cónyuge a cargo 9.442,00 euros/año.

– Con cónyuge a cargo 11.013,00 euros/año.

ANEXO II

Durante 2026 las cuantías mínimas de las pensiones de Clases Pasivas quedan fijadas, en cómputo anual, en los importes siguientes:

Clase de pensión Con cónyuge a cargo − Euros/año Sin cónyuge: unidad económica unipersonal − Euros/año Con cónyuge no a cargo − Euros/año
Clase de pensión Importe Importe Importe
Pensión de jubilación o retiro. 17.592,40. 13.106,80 12.441,80
Pensión de viudedad. 13.106,80. 13.106,80. 13.106,80.
Pensión familiar distinta de la de viudedad, siendo N el número de beneficiarios de la pensión o pensiones. 12.776,40/n. 12.776,40/n. 12.776,40/n.

ANEXO III. Régimen de Clases Pasivas del Estado

1. HABERES REGULADORES A EFECTOS DE LA DETERMINACIÓN INICIAL DE LAS PENSIONES DE CLASES PASIVAS EN 2026

Haberes reguladores para la determinación inicial de las pensiones al amparo del título I del texto refundido de Ley de Clases Pasivas del Estado

Grupo/Subgrupo Ley 7/2007 Haber regulador − Euros/año
A1 52.697,06
A2 41.473,91
B 36.317,13
C1 31.852,67
C2 25.200,74
E (Ley 30/84) y Agrupaciones Profesionales 21.485,65

Administración Civil y Militar del Estado

Índice Haber regulador Euros/año
10 52.697,06
8 41.473,91
6 31.852,67
4 25.200,74
3 21.485,65

Administración de Justicia

Multiplicador Haber regulador Euros/año
4,75 52.697,06
4,50 52.697,06
4,00 52.697,06
3,50 52.697,06
3,25 52.697,06
3,00 52.697,06
2,50 52.697,06
2,25 41.473,91
2,00 36.317,13
1,50 25.200,74
1,25 21.485,65

Tribunal Constitucional

Cuerpo Haber regulador Euros/año
Secretario General. 52.697,06
De Letrados. 52.697,06
Gerente. 52.697,06

Cortes Generales

Cuerpo Haber regulador − Euros/año
De Letrados. 52.697,06
De Archiveros-Bibliotecarios. 52.697,06
De Asesores Facultativos. 52.697,06
De Redactores, Taquígrafos y Estenotipistas. 52.697,06
Técnico-Administrativo. 52.697,06
Administrativo. 31.852,67
De Ujieres. 25.200,74

Haberes reguladores para la determinación inicial de las pensiones al amparo del título II del texto refundido de Ley de Clases Pasivas del Estado

Administración Civil y Militar del Estado

Índice Grado Grado especial Importe por concepto de sueldo y grado en cómputo anual – Euros
10 (5,5) 8 35.326,78
10 (5,5) 7 34.355,90
10 (5,5) 6 33.385,03
10 (5,5) 3 30.472,33
10 5 29.976,61
10 4 29.005,78
10 3 28.034,90
10 2 27.063,94
10 1 26.093,05
8 6 25.208,00
8 5 24.431,45
8 4 23.654,84
8 3 22.878,24
8 2 22.101,71
8 1 21.325,10
6 5 19.203,87
6 4 18.621,61
6 3 18.039,44
6 2 17.457,13
6 1 (12 por 100) 18.829,99
6 1 16.874,85
4 3 14.209,95
4 2 (24 por 100) 16.955,94
4 2 13.821,66
4 1 (12 por 100) 15.001,95
4 1 13.433,38
3 3 12.269,30
3 2 11.978,14
3 1 11.687,00

Administración de Justicia

Multiplicador Importe por concepto de sueldo en cómputo anual – Euros
4,75 57.689,66
4,50 54.653,35
4,00 48.580,72
3,50 42.508,13
3,25 39.471,86
3,00 36.435,57
2,50 30.362,95
2,25 27.326,67
2,00 24.290,37
1,50 18.217,78
1,25 15.181,49

Tribunal Constitucional

Cuerpo Importe por concepto de sueldo en cómputo anual – Euros
Secretario General. 54.653,35
De Letrados. 48.580,72
Gerente. 48.580,72

Cortes Generales

Cuerpo Importe por concepto de sueldo en cómputo anual – Euros
De Letrados. 31.793,11
De Archiveros-Bibliotecarios. 31.793,11
De Asesores Facultativos. 31.793,11
De Redactores, Taquígrafos y Estenotipistas. 29.196,05
Técnico-Administrativo. 29.196,05
Administrativo. 17.582,91
De Ujieres. 13.908,28

Trienios

Administración Civil y Militar del Estado

Índice Valor unitario del trienio en cómputo anual – Euros
10 1.141,22
8 913,00
6 684,68
4 456,51
3 342,36

Administración de Justicia

Multiplicadores a efectos de trienios Valor unitario del trienio en cómputo anual – Euros
3,50 2.125,41
3,25 1.973,61
3,00 1.821,79
2,50 1.518,11
2,25 1.368,21
2,00 1.214,53
1,50 910,91
1,25 759,10

Tribunal Constitucional

Cuerpo Valor unitario del trienio en cómputo anual – Euros
Secretario General. 2.125,41
De Letrados. 2.125,41
Gerente. 2.125,41

Cortes Generales

Cuerpo Valor unitario del trienio en cómputo anual − Euros
De Letrados. 1.299,98
De Archiveros-Bibliotecarios. 1.299,98
De Asesores Facultativos. 1.299,98
De Redactores, Taquígrafos y Estenotipistas. 1.299,98
Técnico-Administrativo. 1.299,98
Administrativo. 780,00
De Ujieres. 519,97

2. CUANTÍAS APLICABLES PARA LA DETERMINACIÓN INICIAL DE LAS PENSIONES ESPECIALES DE GUERRA

Clase Importe referido a 12 mensualidades – Euros
Pensión de mutilación reconocida al amparo de la Ley 35/1980. 6.511,73
Suma de remuneraciones básica, sustitutorias de trienios y suplementaria en compensación de retribuciones no percibidas de la Ley 35/1980. 17.561,97
Retribución básica reconocida al amparo de la Ley 6/1982. 12.293,36
Pensiones reconocidas al amparo del Decreto 670/1976. 7.801,87

La cuantía de las pensiones de orfandad en favor de huérfanos no incapacitados mayores de 21 años, causados por personal no funcionario al amparo de las leyes 5/1979, de 18 de septiembre, y 35/1980, de 26 de junio, será de 2.394,12 euros, y para las anteriores al año 2013, 2.417,52 euros referidas ambas cuantías a doce mensualidades.

El Real Decreto-ley 3/2026, de 3 de febrero, ha sido convalidado por Acuerdo del Congreso de los Diputados, publicado por Resolución de 26 de febrero de 2026. Ref. BOE-A-2026-4668

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