Decreto-ley 5/2022, de 20 de octubre, de dinamización de inversiones empresariales, libertad de mercado y eficiencia pública

Rango Real Decreto-ley
Publicación 2022-10-21
Estado Vigente
Comunidad Autónoma Murcia
Departamento Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
Fuente BOE
Historial de reformas JSON API

Exposición de motivos

I

Marco socioeconómico y normativo

La Región de Murcia lleva años avanzando por la senda de la libertad económica, lo que se ha traducido en una apuesta decidida por la reducción de los trámites administrativos y por la moderación fiscal. Los resultados, que nos han situado durante la última década como una de las comunidades autónomas con mayor crecimiento económico de España, líder en creación de empleo, han demostrado el acierto de esa decisión y su estrecha vinculación con el progreso económico y social.

El camino hacia la simplificación, que también han recorrido el resto de las administraciones de los Estados que conforman la Unión Europea y la propia Administración del Estado español, se inició en el año 2014 con la Ley de Medidas Tributarias, de Simplificación Administrativa y en materia de Función Pública, a la que siguieron la Ley 2/2017 de medidas urgentes para la reactivación de la actividad empresarial y del empleo a través de la liberalización y de la supresión de cargas burocráticas y la Ley 10/2018, de 9 de noviembre, de Aceleración de la Transformación del Modelo Económico Regional para la Generación de Empleo Estable de Calidad.

Todas esas normas han conducido a la Región de Murcia a una posición de vanguardia en el conjunto nacional, situándola como una de las comunidades españolas con mayores oportunidades para el desarrollo de la actividad empresarial. Sin embargo, todavía queda margen de mejora para conseguir una administración ágil que elimine disfunciones, solapamientos y duplicidades en la relación con la ciudadanía y con el mundo de las empresas, operando como agente catalizador de nuevas inversiones productivas.

En estos dos últimos años nos está tocando afrontar grandes retos que tienen una incidencia directa desde el punto de vista económico y social. Arrancaba el año 2020 con la pandemia por la COVID-19, que supuso todo un desafío, no sólo para nuestro sistema sanitario, sino para multitud de sectores que vieron como las medidas de confinamiento los llevaban al límite de sus posibilidades. Aun así, la capacidad de resiliencia de nuestro tejido productivo nos hizo soportar los envites de la crisis, mejor que en otros muchos lugares de nuestro país. Esto fue posible, entre otras cosas, por el conjunto de medidas que se impulsaron desde el Gobierno Regional que trabajó, desde el primer minuto, en la elaboración de una hoja de ruta diseñada con la sociedad murciana, que perfiló, en el corto, medio y largo plazo, el camino a seguir.

Los albores de este año anunciaban la salida de la crisis sanitaria, económica y social desatada durante la pandemia y el comienzo de la recuperación económica con la ayuda de los fondos europeos. La transformación hacia una Región más digital, sostenible y cohesionada social y territorialmente. Un reto no exento de dificultades, puesto que la escalada de la inflación, los problemas derivados de la excesiva dependencia de nuestro modelo energético y las tensiones geopolíticas empezaban a oscurecer el horizonte.

La invasión de Ucrania por parte de fuerzas militares rusas, con la inevitable desestabilización de todas las economías a nivel mundial, ha terminado de obstaculizar esa recuperación, amenazando cada vez con mayor intensidad con la posibilidad de una estanflación que comprometa seriamente el Estado de Bienestar futuro. Esta nueva crisis consecuencia de la guerra, cuya duración se va a prolongar en el tiempo, merece a juicio del Gobierno Regional una respuesta por parte de los poderes públicos tan o más contundente, si cabe, que en el caso de la pandemia.

Y es que, tal y como ponen de manifiesto numerosos análisis, el shock para la economía de nuestro país y, por extensión, de la Región de Murcia, asociado a la escalada de precios de la energía puede ser de una intensidad semejante a la del segundo choque del petróleo de finales de los años setenta del siglo pasado. La tasa de inflación ha subido desde un nivel cercano a cero a principios de 2021 hasta situarse en porcentajes que han llegado a alcanzar el 10 por ciento, reflejando primero el impacto directo de los precios de la energía y su traslación a los precios de los bienes y servicios que la utilizan en sus procesos de producción.

La espiral inflacionista producirá inevitablemente una ralentización del crecimiento económico, que ya estaba más rezagado con respecto a nuestros socios comunitarios, como señaló recientemente el Banco de España, puesto que a diferencia de ellos todavía no hemos alcanzado los niveles de PIB previos a la pandemia, aplazando la recuperación hasta, al menos, finales de 2023.

En este contexto de inestabilidad económica y graves amenazas para nuestras empresas y trabajadores, resulta tan oportuno como necesario movilizar todas aquellas medidas que permitan paliar el impacto y recuperar cuanto antes un ritmo de crecimiento equiparable a los años previos a la llegada de la COVID-19. Así lo ha hecho el gobierno de España con el recientemente aprobado Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.

Para ello, en el ámbito regional se van a impulsar con carácter de urgencia tanto medidas normativas, como no normativas, con el objetivo de dar una respuesta contundente y eficaz en el corto plazo y acelerar a medio y largo plazo la transformación que auspician los planes de recuperación a nivel europeo y nacional.

Entre el primer bloque de medidas, la experiencia demuestra que avanzar en términos de simplificación y agilización administrativa, así como en la implementación de medidas de estímulo no solo propicia un marco estable, atractivo e incentivador de la inversión, sino que, en momentos como el que atravesamos, puede ser un efectivo muro de contención que amortigüe los efectos de la crisis económica en la Región al tiempo que permite obtener valor y ventajas competitivas.

Urge, por tanto, mejorar la regulación regional en términos de establecimiento de incentivos a las inversiones productivas, tanto de tipo económico y fiscal, como desde el punto de vista de la simplificación administrativa. Daremos así un paso definitivo para colocarnos en una situación de ventaja en el conjunto nacional de cara a la creación de un ecosistema favorable a la atracción e impulso de las inversiones de alto valor añadido. Factor clave para apuntalar el proceso de transformación que afronta la Región en un momento crucial como el que estamos atravesando.

En este contexto, adquiere un carácter crítico la necesidad de avanzar en digitalización de nuestro tejido productivo y de propiciar el salto definitivo hacia el capital humano 4.0, en un momento en el que la pandemia ha acelerado el creciente gap que existe entre las generaciones analógica y digital; el desafío de mantener posiciones de liderazgo en sectores estratégicos –como el agroalimentario, el logístico o el energético– en base a una transformación sostenible y el reto potenciar instrumentos de colaboración público-privada y proyectos de cooperación. Proyectos que serán vectores de recuperación de la mano de los fondos europeos que gestiona el Estado a través del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR).

Unos fondos que son buena prueba de que el proyecto europeo funciona. Porque la Unión Europea ha estado a la altura de un reto histórico y ha sido capaz de reaccionar con rapidez a un gran desafío, poniendo sobre la mesa una cantidad récord de recursos a disposición de los estados miembros para apoyar su recuperación. La puerta de salida a la crisis sanitaria, económica y social provocada por el coronavirus.

Por tanto, los fondos europeos del MRR son una ventana de oportunidad para salir reforzados de la crisis por la COVID-19, transformando la Región de Murcia en una Región sostenible, digitalizada y cohesionada territorial y socialmente. Por eso la llegada de esos recursos a la Región no es ajena a este Decreto Ley. Los nuevos mecanismos de recuperación y resiliencia supondrán una oportunidad de financiación de los proyectos alineados con las estrategias de la Unión y precisan una ejecución acompasada entre los proyectos e iniciativas y la financiación que tiene una duración temporal. La simplificación de los procedimientos y la eliminación de los solapamientos cobra, pues, una especial importancia para realizar un ejercicio responsable de los instrumentos de financiación que permita recuperar una correcta senda económica y en la que tendrán su encaje principal los proyectos tractores.

En este contexto, hacer frente a todos esos desafíos globales y locales aprovechando todas las posibilidades que brinda la financiación europea requiere, más que nunca, del desarrollo de un nuevo marco jurídico que contribuya e impulse la eficiencia en la gestión pública, la optimización del gasto y la reducción de costes, así como la continuación del avance en el proceso de transformación digital de la Administración Regional. Así mismo, se hace necesario dinamizar la inversión pública a través de la implantación de nuevas herramientas de cofinanciación en proyectos de inversión sostenibles de interés público. Y, por último, se pone un punto de atención especial a la dinamización de la inversión privada garantizando la libertad de mercado, estimulando inversiones de valor añadido y el crecimiento empresarial e incrementando el poder de atracción y de desarrollo de proyectos estratégicos mediante un marco regulatorio y de incentivos que sitúen a la Región de Murcia como comunidad referente en esta materia.

Esta reducción de cargas a los operadores económicos, optar por técnicas de intervención administrativa que proporcionen la máxima agilidad a la actuación administrativa, siempre que sea posible en atención a las limitaciones que todavía impone la normativa básica estatal, fomenta la inversión y la creación de empleo y contribuye a la dinamización y reactivación de la economía murciana. Un loable objetivo, que siendo ya de por sí importante, resulta imprescindible en un contexto de crisis económica, acuciada aún más si cabe por el gran impacto que está teniendo el conflicto bélico desatado a finales de febrero de este año. Las empresas, hoy más que nunca, necesitan un marco de seguridad jurídica y flexibilidad regulatoria para superar la incertidumbre y adaptarse de forma rápida y sencilla a los drásticos cambios que experimenta la demanda.

Desde un punto de vista competencial, el presente Decreto Ley encuentra su acomodo en las competencias exclusivas otorgadas por el artículo 10.1, de la Ley Orgánica 4/1982, de 9 de junio, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia en «Ordenación del Territorio y del Litoral, urbanismo y vivienda» (n.º 2); «Carreteras cuyo itinerario discurra íntegramente en el territorio de la Región de Murcia» (n.º 4); «Planificación de la actividad económica y fomento del desarrollo económico de la Comunidad Autónoma dentro de los objetivos marcados por la política económica nacional» (n.º 11); «Estadística para fines no estatales» (n.º 25); «Procedimiento administrativo derivado de las especialidades de organización propia» (n.º 29); las competencias de desarrollo legislativo y ejecución, en el marco de la legislación básica del Estado, recogida en el artículo 11 apartado tercero relativa a «Protección del medio ambiente», así como las competencias en «Régimen minero y energético».

II

Dinamización de Inversiones empresariales

El presente Decreto Ley dedica el Título I, estructurado en tres capítulos, a la dinamización de las inversiones empresariales. Para ello se adoptan medidas tendentes a la agilidad procedimental y simplificación administrativa, incentivos a la inversión en digitalización y al fomento del crecimiento empresarial.

El capítulo I establece una serie de medidas generales de simplificación administrativa, buscando el equilibrio entre el respeto al procedimiento, los valores que intenta proteger, y la necesaria agilidad para conseguir la mayor eficiencia de cara a la ciudadanía y a las empresas.

Las líneas básicas de este capítulo se centran en varios aspectos clave. Por una parte, se establece que ninguna norma ni regulación pública regional supondrá trabas innecesarias al acceso y al ejercicio de las actividades económicas, siendo la necesidad, la proporcionalidad, la eficacia, la eficiencia, la transparencia, la seguridad jurídica y simplicidad, y la accesibilidad los principios que inspiran la regulación económica. También que se evitarán solapamientos competenciales entre las distintas Consejerías, Organismos Autónomos o Entes del sector público de la CARM, facilitando la transparencia y comunicación con autónomos y empresas. Por otra parte, se establece el compromiso de revisar todos los procedimientos y trámites de la Administración Regional con el objeto de extender al máximo la utilización de la declaración responsable.

Asimismo, se regula el régimen de emisión de informes en procedimientos relativos a iniciativas empresariales, y se prevé que los informes sectoriales preceptivos sean emitidos en un plazo máximo de tres meses, pudiendo suspenderse el plazo máximo legal para resolver y notificar la resolución de que se trate por el tiempo que medie entre la petición del informe preceptivo y su recepción, sin que ese plazo de suspensión pueda exceder en ningún caso de los reiterados tres meses. Y en el supuesto de no recibirse el informe sectorial preceptivo dentro de plazo, se estipula que se continúe con la tramitación del procedimiento.

De otro lado y para agilizar los procedimientos administrativos de implantación de iniciativas empresariales, el decreto-ley prevé que en estos procedimientos la petición de informes, preceptivos o facultativos, se realice por los instructores de forma simultánea y no sucesiva, con carácter general, con objeto de no extender de forma innecesaria en el tiempo la tramitación de dichos procedimientos.

El capítulo II establece incentivos económicos a la inversión en digitalización, creando una certificación que supone la acreditación oficial de la calidad digital de las personas físicas o jurídicas que ejerzan una actividad empresarial. En este sentido, se prevé que las pymes certificadas tendrán un mayor acceso a las ayudas con fondos públicos regionales si tienen más de 10 trabajadores. Así mismo, se prevé la creación de un Fondo Capital Semilla para pymes con modelo de negocio innovador y tecnológico y el fomento de herramientas de apoyo a la financiación de la transformación digital de las empresas.

El capítulo III regula medidas dirigidas a fomentar el crecimiento de las empresas que componen el tejido productivo regional, en aras a incrementar la capacidad competitiva y la productividad de la economía murciana, de cara no sólo a la salida de la crisis sanitaria, económica y social por la pandemia, sino también a combatir la ralentización que puede suponer en ese proceso la invasión de Ucrania.

En este sentido, la apuesta por el crecimiento de las empresas es un factor clave de resiliencia, fundamentalmente por la relación directa que existe entre su tamaño y su capacidad de internacionalización. Así, según estadísticas del INE, las empresas industriales de más de 50 trabajadores destinan más del 30% de su facturación al exterior, un porcentaje que se reduce por debajo del 7% en micropymes y apenas alcanza el 20% en pymes. Otro dato significativo es que entre las empresas españolas con 20 o menos asalariados, según datos del DIRCE, solo el 14% había cumplido más de 20 años. Un porcentaje que se eleva hasta el 43% en empresas de más de 20 trabajadores.

Y aunque, tal y como ha puesto de manifiesto CEPYME, los mayores obstáculos burocráticos que existen en nuestro país al crecimiento empresarial en materia de obligaciones fiscales, contables o laborales se centran en competencias del Estado que establece una auténtica «barrera normativa» al salto al trabajador 51, el Decreto Ley propone una serie de medidas que, a juicio de la Consejería de Empresa, pueden coadyuvar a potenciar el crecimiento de las empresas murcianas.

En concreto se prevé asesoramiento, asistencia y apoyo financiero a la integración empresarial; estímulos a la creación de plataformas de cooperación empresarial; una priorización en el acceso a subvenciones de aquellas empresas que tengan más de cincuenta trabajadores; el apoyo a la creación de plataformas de cooperación empresarial e incentivos para la atracción de multinacionales y de unidades de i+D empresarial.

III

Libertad de mercado

El Título II, estructurado en tres capítulos, pretende potenciar la llegada de inversiones y ayudar a impulsar la actividad económica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia mediante la libre circulación de bienes y servicios, y el reconocimiento automático de licencias para que empresas y profesionales de todo el territorio nacional puedan operar en la Región.

En consecuencia, la finalidad es que, con carácter general, todo operador económico, establecido legalmente en el territorio nacional, pueda desplazarse libremente a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para ejercer su actividad sin sujetarse a los requisitos de acceso previstos en la normativa autonómica.

La historia reciente, tanto en el marco de la Unión Europea como a nivel mundial, tras la caída del bloque soviético y la gradual apertura de China e India al comercio exterior, ha demostrado las grandes ventajas que otorga el libre movimiento de personas, de capitales y de bienes y servicios al desarrollo económico y social de los diferentes países miembros.

Aunque España también ha experimentado sustanciales avances en esta materia a lo largo de las últimas décadas, todavía está lejos de los puestos de cabeza que ocupan algunos países de la OCDE, presentando, de hecho, deficiencias relevantes que urge corregir. No en vano, España ocupa el puesto 30 en el ranking «Doing Business» de 2020 que elabora el Banco Mundial, que mide la facilidad para hacer negocios.

Por tanto, las restricciones que presenta la normativa nacional a nivel comercial o en el desempeño de servicios profesionales siguen siendo muy notables en comparación con otros países de nuestro entorno. Es pues necesario mejorar cuanto antes la regulación a este respecto, especialmente en una situación como la actual, marcada por la crisis económica y social que ha provocado el coronavirus.

En este sentido, hay que destacar, conforme a la doctrina consolidada del Tribunal Constitucional, que las Comunidades Autónomas pueden proceder en el ejercicio de sus competencias al reconocimiento normativo de la validez de títulos habilitantes obtenidos en otro territorio para operar en el propio.

La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en el ejercicio de las competencias que el Estado autonómico ha conferido a las regiones españolas, ha procedido gradualmente a la simplificación administrativa y a la eliminación de las barreras burocráticas que dificultan el ejercicio de las actividades económicas, considera necesario promover la libertad de circulación de los operadores económicos y la unidad de mercado en los términos referidos.

El capítulo I garantiza la libre circulación y establecimiento de los operadores económicos en el territorio de la Región de Murcia en base los principios de no discriminación y eficacia en el establecimiento de límites al acceso a una actividad y eficacia en la comunidad autónoma.

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