Decreto Ley Nº 14160 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. ERNESTO LOPEZ ARTIGAS
Artículo 1
Concédese una pensión graciable de pesos 25.000.00 (veinticinco mil pesos) mensuales al señor Ernesto López Artigas.
Artículo 2
La pensión graciable acordada por la presente ley será acumulable a la legal que le correspondiere y estará a cargo de Rentas Generales.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
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