Decreto Ley Nº 14186 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MARTHA CANABAL DE VELAZCO
Artículo 1
Rehabilítase a partir de la vigencia de esta ley, a la señora Martha Canabal de Velazco en el goce de la pensión graciable que le fuera acordada por la ley número 5.716, de 6 de junio de 1918, cuyo monto se establece en la suma de $ 25.000 (veinticinco mil pesos) mensuales, acumulable a la asignación de pasividad legal que percibe.
Artículo 2
El servicio de esta pensión será atendido con cargo a Rentas Generales.
Artículo 3
Comuníquese, etc.-
BORDABERRY - MARCIAL BUGALLO - MOISES COHEN
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.