Decreto Ley Nº 14239 - HABILITACION A LOS ACTUALES DEFENSORES DE OFICIO PARA EL LIBRE EJERCICIO DE SU PROFESION DE ABOGADO
Artículo 1
Los actuales Defensores de Oficio en todas las materias están habilitados desde la promulgación de la presente ley para el ejercicio libre de su profesión de abogado. Las designaciones que se hagan en el futuro para estos cargos importarán incompatibilidad del expresado ejercicio profesional, en la materia atinente a la especialidad del nombramiento.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
BORDABERRY - EDMUNDO NARANCIO
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