Decreto Ley Nº 14256 - INTEGRACION DE ORGANISMOS Y COMISIONES HONORARIAS, BAJO LA DEPENDENCIA DEL MSP
Artículo 1
Facúltase al Poder Ejecutivo para integrar bajo la dependencia jerárquica del Ministerio de Salud Pública y dentro de su estructura, a todos los organismos y Comisiones Honorarias con fondos provenientes de la ley o donados con fines específicos de prestar servicios, que actualmente funcionan en la órbita de aquella Secretaría de Estado. Sin perjuicio de la reestructuración que someterá oportunamente a la aprobación legislativa, el Ministerio de Salud Pública podrá encomendar dichos servicios a Unidades Ejecutoras dotadas de competencia con autonomía técnica que hagan compatible su actividad con el adecuado control central.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
BORDABERRY - JUSTO M. ALONSO LEGUISAMO
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.