Decreto Ley Nº 14290 - DISTRIBUCION DEL PRODUCTO DE LA VENTA DE ESTAMPILLAS CONSULARES EN LA FORMA ESTABLECIDA POR LA LEY 14.231
Artículo 1
Declárase que la distribución del producto de la venta de estampillas consulares, en la forma establecida por la ley 14.231, de 23 de julio de 1974, será retroactiva a la fecha en que el Ministerio del Interior, por intermedio de las Jefaturas de Policía, comenzó a expedir pasaportes, conforme a lo dispuesto por el decreto 787/973, de 19 de setiembre de 1973.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
BORDABERRY - Coronel HUGO LINARES BRUM - JUAN CARLOS BLANCO - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS
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