Decreto Ley Nº 14325 - FIJACION DE PLAZO PARA INGRESO O REINGRESO EN FUNCIONES DOCENTES, ACUMULANDO ASIGNACIONES DE PASIVIDAD AL SUELDO
Artículo 1
Fíjase en un año el plazo señalado por el inciso 1° del artículo 67 de la ley 12.761, de 23 de agosto de 1960, para ingresar o reingresar en funciones docentes después de haber cesado, acumulando las asignaciones de pasividad al sueldo o sueldos por tales actividades.
Artículo 2
Esta ley tendrá vigencia, a partir del 1° de enero de 1974.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
BORDABERRY - EDMUNDO NARANCIO - JOSE E. ETCHEVERRY STIRLING
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