Decreto Ley Nº 14419 - DECLARACION DE FERIADO DEPARTAMENTAL. ARTIGAS
Artículo 1
Declárase feriado no laborable el día 12 de setiembre de 1975, para el Departamento de Artigas, con motivo de la inauguración en la capital de dicho Departamento, del monumento al Prócer General José Artigas.
Artículo 2
Autorízase a los funcionarios públicos de todo el territorio de la República, que hayan nacido en el Departamento de Artigas, a disfrutar de licencia dicho día, con el fin de concurrir a los actos de celebración correspondientes. Los jerarcas de los funcionarios comprendidos en dicha autorización, dispondrán las medidas de control pertinentes respecto a la efectiva concurrencia a los actos de quienes la invoquen para disfrutar del asueto.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
BORDABERRY - DANIEL DARRACQ
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