Decreto Ley Nº 14431 - AUTORIZACION DE VENTA DE INMUEBLES PERTENECIENTES AL FRIGORIFICO NACIONAL
Artículo 1
Autorízase al Directorio del Frigorífico Nacional para proceder a la venta de los siguientes bienes, ubicados en el Departamento de Montevideo, que integran el patrimonio de dicho Ente:
1) Campo ubicado en el Pantanoso 13ª Sección Judicial, compuesto de una superficie total de 11 Hás. 6.321 m², integrado por los padrones Nº 42.566, 42.584, 42.585 y 42.586.
2) Campo ubicado en el 2ª Sección Judicial en la esquina de las calles Cerrito y Solís, empadronado con el Nº 2.855, compuesto de una área de 714 m² 4.875; y padrón Nº 2.856 compuesto de un área de 243 m² 2.0053.
3) Propiedad ubicada en la 23ª Sección Judicial con frente a la Avenida Garibaldi Nº 2678 empadronada con el Nº 87.643, compuesta de una superficie de 1.218 m².
4) Propiedad ubicada en la 9ª Sección Judicial con frente a la calle Daniel Zorrilla Nº 5537/39/41, empadronada con el Nº 152.463, compuesta de una superficie de 232 m² 0020.
5) Propiedad ubicada en la 24ª Sección Judicial con frente a la Avenida General San Martín Nº 3942-46-46bis, empadronada con el Nº 129.829, compuesta de una superficie de 214 m² 0043.
6) Propiedad ubicada en la 6ª Sección Judicial con frente a la calle Rivera Nº 2186/88, empadronada con el Nº 22.136.
Artículo 2
Las ventas deberán realizarse a un precio no inferior al de la tasación que practicará la Dirección General del Catastro Nacional.
Las mismas podrán efectuarse:
A) En remate público. B) Previa licitación de precios. C) En operación directa.
En el caso indicado en el literal C del parágrafo anterior, la operación será acordada en principio y sólo podrá escriturarse en definitiva si mediare informe favorable de la Inspección General de Hacienda.
Artículo 3
El Directorio del Frigorífico Nacional aplicará el importe del precio de las ventas, para la conservación industrial y reposición de elementos de trabajo, a los efectos del giro habitual de sus negocios.
Artículo 4
Comuníquese, etc.
BORDABERRY - JULIO EDUARDO AZNAREZ - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS
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