Decreto Ley Nº 14432 - REGULACION DE LA ACTUACION DE LAS JUNTAS MEDICAS DEL SERVICIO DE SANIDAD POLICIAL

Rango Decreto Ley
Publicación 1975-10-09
Estado Vigente
Departamento BORDABERRY - HUGO LINARES BRUM - JUSTO M. ALONSO LEGUISAMO
Fuente IMPO
artículos 2
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Artículo 1

Las Juntas Médicas del Servicio de Sanidad Policial actuantes de acuerdo con lo establecido en los artículos 125º y 126º de la ley 14.106 de 14 de marzo de 1973, al determinar la ineptitud física o mental del personal comprendido en las disposiciones de la Ley Orgánica Policial y sus reglamentaciones deberá precisar el porcentaje de incapacidad de acuerdo a lo establecido en los artículos 35º al 38º y 55º literal C) de la ley 9.940, de 2 de julio de 1940.

Artículo 2

Comuníquese, etc.

BORDABERRY - HUGO LINARES BRUM - JUSTO M. ALONSO LEGUISAMO

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