Decreto Ley Nº 14438 - DETERMINACION DE OBLIGATORIEDAD DE INSCRIPCION DE LOS CONTRATOS DE ARRENDAMIENTOS URBANOS
Artículo 1
La obligatoriedad de la inscripción de los contratos de arrendamientos urbanos, dispuesta por el artículo 109 de la ley 14.219, de 4 de julio de 1974, modificado por el artículo 9º de la ley 14.266, el 10 de setiembre de 1974, y por la ley 14.349, el 29 de marzo de 1975, comenzará a regir desde el 1º de setiembre de 1976.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
BORDABERRY - DANIEL DARRACQ - FEDERICO SONEIRA
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