Decreto Ley Nº 14446 - AUTORIZACION DE LIQUIDACION ADMINISTRATIVA DE LA SOCIEDAD DE BANCOS, BANCO DE COBRANZAS Y BANCO ALDAVE Y MARTINEZ Y SUS COLATERALES
Artículo 1
Serán liquidadas administrativamente las siguientes empresas Sociedad de Bancos, Banco de Cobranzas y Banco Aldavez y Martínez y sus respectivas colaterales de acuerdo a lo dispuesto por la ley 14.332, de 23 de diciembre de 1974, en sus artículos 2º y siguientes.
Artículo 2
(*)
Artículo 3
La fecha de la respectiva liquidación será fijada por el Banco Central del Uruguay.
Artículo 4
Comuníquese, etc.
BORDABERRY - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS
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