Decreto Ley Nº 14481 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. ABDONA GADEA DE PEREZ
Artículo 1
Concédese una pensión graciable de N$ 150.00 (nuevos pesos ciento cincuenta) mensuales a la señora Abdona Gadea de Pérez.
Artículo 2
La obligación dispuesta por esta ley será atendida por Rentas Generales y será acumulable a la pasividad a que tuviere derecho su titular.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
BORDABERRY - JOSE E. ETCHEVERRY STIRLING - VALENTIN ARISMENDI
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