Decreto Ley Nº 14528 - MODIFICACION DEL ART. 494 DEL DECRETO LEY 14.106, RELATIVO AL MONTO DE LAS INFRACCIONES ADUANERAS
Artículo 1
Elévase a N$ 5.000.00 (cinco mil nuevos pesos) el límite de la competencia establecido por el numeral 1 del artículo 257 de la ley 13.318, de 28 de diciembre de 1964 con la redacción dada por el artículo 494 de la ley 14.106 de 14 de marzo de 1973.
Artículo 2
La Suprema Corte de Justicia podrá modificar las cifras expresadas en los numerales 1, 2 y 3 de la citada disposición legal teniendo en cuenta la variación del valor de la moneda. Esta será determinada por la evolución del índice general de los precios al consumo elaborado por el Ministerio de Economía y Finanzas. Las respectivas resoluciones entrarán en vigencia al décimo día de su publicación en el "Diario Oficial".
Artículo 3
Comuníquese, etc.
BORDABERRY - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS - DANIEL DARRACQ
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