Decreto Ley Nº 14585 - FIJACION DE TASAS DE INTERES DE PRESTAMOS OTORGADOS DE ACUERDO A LA LEY 13.728 (PLAN NACIONAL DE VIVIENDA)
13.728 (PLAN NACIONAL DE VIVIENDA)
Artículo 1
Las tasas de interés de los préstamos otorgados de acuerdo a lo dispuesto en el Capítulo IV de la ley 13.728, de 17 de diciembre de 1968, serán fijadas por el Poder Ejecutivo, atendiendo a las finalidades sociales de dicha ley, previo informe de los Bancos Hipotecarios del Uruguay y Central del Uruguay.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
APARICIO MENDEZ - WALTER RAVENNA - VALENTIN ARISMENDI
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