Decreto Ley Nº 14620 - AUTORIZACION AL MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL A ENAJENAR INMUEBLES CON EL FIN DE CONSTITUIR SERVICIOS SOCIALES
Artículo 1
Autorízase al Ministerio de Defensa Nacional a través del Servicio de Viviendas de las Fuerzas Armadas a enajenar a título oneroso o gratuito a otras personas públicas, los bienes inmuebles y sus mejoras pertenecientes al dominio privado estatal y afectados a dicho Ministerio, con el fin de constituir servicios sociales, culturales, recreativos, en los conjuntos habitacionales construidos por el Servicio de Viviendas de las Fuerzas Armadas, a los que se refiere el artículo 114º de la ley 13.728, de 17 de diciembre de 1968, debiendo otorgar la documentación y suscribir los convenios que correspondan.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
APARICIO MENDEZ - WALTER RAVENNA
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