Decreto Ley Nº 14637 - CREACION DEL GRADO DE SUBOFICIAL MAYOR EN EL ESCALAFON POLICIAL DE LA LEY ORGANICA POLICIAL Y SE EFECTUAN TRANSFORMACIONES DE CARGOS

Rango Decreto Ley
Publicación 1977-04-13
Estado Vigente
Departamento APARICIO MENDEZ - HUGO LINARES BRUM
Fuente IMPO
artículos 5
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Artículo 1

Créase en el Escalafón Policial, Subescalafón de Policía Ejecutiva, Letra A) del artículo 41º de la Ley Orgánica Policial, Personal Subalterno (Artículo 42º de la ley citada) el Grado de Suboficial Mayor.

Artículo 2

Transfórmanse 170 cargos vacantes de Oficial Subayudante, Grado 6 del Subescalafón de Policía Ejecutiva del Programa 4.04 (Mantenimiento del Orden Interno - Montevideo), en 170 cargos de Suboficial Mayor, Grado 6 en los Programas 4.04 (Mantenimiento del Orden Interno - Montevideo) y 4.05 (Mantenimiento del Orden Interno - Interior). (*)

Artículo 3

Transfórmanse 19 cargos de los de Suboficial Mayor, Grado 6, del Subescalafón de Policía Ejecutiva transformados por el artículo anterior, Programa 4.04 (Mantenimiento del Orden Interno - Montevideo) al Subescalafón de Policía Ejecutiva Programa 4.05 (Mantenimiento del Orden Interno Interior), los que se distribuirán a razón de uno por cada Jefatura de Policía, con excepción de la de Canelones a la que se le adjudicarán 2 (dos).

Artículo 4

Para el ascenso al Grado de Suboficial Mayor no será exigible en la primera promoción lo dispuesto por el artículo 92º de la Ley Orgánica Policial.

Artículo 5

Comuníquese, etc.

APARICIO MENDEZ - HUGO LINARES BRUM

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