Decreto Ley Nº 14656 - SUPRESION DEL MINISTERIO DE VIVIENDA Y PROMOCION SOCIAL
Artículo 1
Suprímese el Ministerio de Vivienda y Promoción Social.
Artículo 2
El Poder Ejecutivo en uso de las facultades que le confiere el
artículo 174 de la Constitución de la República al redistribuir las
atribuciones y competencias, deberá hacerlo también con los programas presupuestales asignados a dicha Secretaría de Estado.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
APARICIO MENDEZ - HUGO LINARES BRUM - ALEJANDRO ROVIRA - VALENTIN ARISMENDI - WALTER RAVENNA - DANIEL DARRACQ - EDUARDO SAMPSON - LUIS H. MEYER - ALFREDO BAEZA ACCOSSANO - ANTONIO CAÑELLAS - ESTANISLAO VALDES OTERO - FERNANDO BAYARDO BENGOA
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