Decreto Ley Nº 14764 - EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. MONTEVIDEO
Artículo 1
Decláranse de utilidad pública la expropiación del inmueble ubicado en la 1ª Sección Judicial del departamento de Montevideo, empadronado con el número 4.816, con frente a las calles Cerro Largo, Ciudadela y Rambla Franklin D. Roosevelt, de esta ciudad, con destino a las oficinas y depósitos del Consejo Nacional de Subsistencias y Contralor de Precios.
A estos efectos, destínase una partida de N$ 790.000.00 (setecientos noventa mil nuevos pesos) para la adquisición de dicho inmueble, con cargo a la Cuenta Inversiones Estatales del Ministerio de Economía y Finanzas.
Artículo 2
Autorízase al Consejo Nacional de Subsistencias y Contralor de Precios, por intermedio de sus representantes legales, para tramitar todos los procedimientos necesarios para cumplir con la expropiación que se dispone.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
APARICIO MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI
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