Decreto Ley Nº 14882 - INCORPORACION DE EMPRESAS EXHIBIDORAS DE ESPECTACULOS A TRAVES DE SISTEMAS ELECTRONICOS Y OPTICOS, EN LAS EXONERACIONES PREVISTAS EN EL ART. 129 DE LA LEY 13.695
Artículo 1
Inclúyese a las empresas exhibidoras de espectáculos mediante sistemas electrónicos y ópticos, en lo dispuesto por el artículo 129 de la ley 13.695, de 24 de octubre de 1968.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
APARICIO MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI
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