Decreto Ley Nº 14935 - APROBACION DE CONTRATO DE PRESTAMO ENTRE URUGUAY Y EL BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCION Y FOMENTO
Artículo 1
Apruébase en todos sus términos el Contrato de Préstamo Nº 1689 UR y sus Anexos, suscrito por el Gobierno de la República y el Banco Internacional de Reconstrucción y fomento (BIRF) el 27 de junio de 1979, por la suma de U$S 26:500.000 (veintiséis millones quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América), destinados a la financiación parcial de los siguientes trabajos descritos en el Anexo 2:
La reconstrucción de aproximadamente 140 kilómetros de la Ruta
Nacional Nº 8 "Brigadier General Juan Antonio Lavalleja" entre Punta Rieles (Kilómetro 13 desde Montevideo) y el arroyo Marmarajá (kilómetro 153 desde Montevideo);
Los servicios de Consultoría para supervisar los trabajos; y
Servicios de Consultoría para la preparación de un programa de 4 años
de duración, para la rehabilitación, fortalecimiento y reconstrucción de carreteras incluyendo la evaluación económica y la supervisión de ingeniería detallada, así como también asistencia técnica para el fortalecimiento y mejoramiento del planeamiento del sector transporte en el Uruguay. (*)
Artículo 2
Apruébanse los procedimientos de contratación iniciados por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, para dar cumplimiento a los términos del Contrato de Préstamo mencionado.
Artículo 3
Autorízase al Poder Ejecutivo a invertir con cargo a recursos del Fondo de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas (I.M.E.F.), hasta el equivalente en moneda nacional de U$S 29:700.000 (veintinueve millones setecientos mil dólares de los Estados Unidos de América), como contrapartida nacional de las obras y servicios a que se refiere el citado Contrato de Préstamo.
Artículo 4
Comuníquese, etc.
APARICIO MENDEZ - EDUARDO J. SAMPSON - ERNESTO ROSSO - JULIO C. LUPINACCI
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