Decreto Ley Nº 15127 - DESAFECTACION DE BIENES INMUEBLE. DURAZNO
Artículo 1
Desaféctase del dominio del Estado (Consejo del Niño) y aféctase al del Consejo Nacional de Educación (Consejo de Educación Técnico - Profesional Superior - UTU) el inmueble Padrón Nº 3298, sito en la Primera Sección Judicial del departamento de Durazno, y que, según surge de la Carpeta Catastral Nº 45 de la Oficina Departamental de Catastro del mencionado departamento, se encuentra ubicado en la manzana Nº 118, con frente a la calle Leandro Gómez.
Artículo 2
La compensación por dicho cambio de destino se establece en la cantidad de 2.481 UR (dos mil cuatrocientas ochenta y una Unidades Reajustables - Ley 13.728, de 17 de diciembre de 1968), que la Universidad del Trabajo del Uruguay entregará al Consejo del Niño en unidades físicas, a saber: cincuenta cuchetas estándar; treinta mesas de escritorio; diecinueve mesitas tipo jardinera, ciento cincuenta sillas y cien sillitas tipo jardinera cuyo detalle obra en la Memoria Descriptiva que forma parte del Convenio suscrito en su oportunidad por ambos Organismos.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
APARICIO MENDEZ - DANIEL DARRACQ
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