Decreto Ley Nº 15129 - DESAFECTACION DE BIEN INMUEBLE. ARTIGAS

Rango Decreto Ley
Publicación 1981-05-07
Estado Vigente
Departamento APARICIO MENDEZ - ANTONIO CAÑELLAS
Fuente IMPO
artículos 3
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Artículo 1

Desaféctase del dominio del Estado (Ministerio de Salud Pública) y aféctase al de la Administración Municipal de Artigas, el inmueble sito en la ciudad de Bella Unión, Séptima Sección Judicial de ese departamento, empadronado con el Nº 468, manzana 160, compuesto, según plano levantado el 20 de julio de 1978 por el ingeniero agrimensor Héctor Dellepiane, inscrito en la Dirección General del Catastro nacional el 15 de febrero de 1979 con el Nº 1.059, de una superficie de 7.486 metros cuadrados 87 decímetros.

Artículo 2

La compensación por dicho cambio de destino se establece en la cantidad de N$ 280.000.00 (nuevos pesos doscientos ochenta mil), que se destinará a obras de ampliación del Centro Auxiliar de Salud Pública de Bella Unión.

Artículo 3

Comuníquese, etc.

APARICIO MENDEZ - ANTONIO CAÑELLAS

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