Decreto Ley Nº 15231 - CATEDRA DE CONFERENCIAS JOSE ENRIQUE RODO

Rango Decreto Ley
Publicación 1981-12-23
Estado Vigente
Departamento GREGORIO C. ALVAREZ - RAQUEL LOMBARDO DE DE BETOLAZA
Fuente IMPO
artículos 4
Historial de reformas JSON API
Artículo 1

Créase una Cátedra de Conferencias destinadas a divulgar la vida y el que hacer de los uruguayos que realizaron obra perdurable en los campos de las ciencias, las artes, las letras, la filantropía y el civismo.

Artículo 2

La mencionada tribuna se denominará "José Enrique Rodó".

Artículo 3

La Cátedra de Conferencias tendrá como sede el Instituto Nacional del Libro, dependiente del Ministerio de Educación y Cultura o cualquier otra entidad que haga las veces de aquél o le sustituya según lo disponga el Poder Ejecutivo, siempre que tenga a su cargo el gobierno y la difusión del acervo bibliográfico del país.

Artículo 4

Comuníquese, etc.

GREGORIO C. ALVAREZ - RAQUEL LOMBARDO DE DE BETOLAZA

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.