Decreto Ley Nº 15324 - DESAFECTACION DE BIEN INMUEBLE. ARTIGAS

Rango Decreto Ley
Publicación 1982-10-01
Estado Vigente
Departamento GREGORIO C. ALVAREZ - YAMANDU TRINIDAD
Fuente IMPO
artículos 3
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Artículo 1

Desaféctase del patrimonio de la Administración Municipal de Artigas afectándose al del Estado, con destino al Ministerio del Interior (Dirección Nacional de Bomberos), el inmueble empadronado con el Nº 379, ubicado en la Séptima Sección Judicial del departamento de Artigas; compuesto de cinco fracciones señaladas con los Nros. 3, 4, 5, 6 y 7 en el plano levantado por el agrimensor Washington E. Calvo en octubre de 1980, e inscripto con el Nº 1277 en la Dirección General del Catastro Nacional el 2 de febrero de 1981; con una superficie total de 1.260,5825 m².

Artículo 2

El Poder Ejecutivo acordará con la Administración Municipal de Artigas, si así correspondiere, las compensaciones debidas como consecuencia de la desafectación y afectación dispuestas por la presente ley.

Artículo 3

Comuníquese, etc.

GREGORIO C. ALVAREZ - YAMANDU TRINIDAD

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