Decreto Ley Nº 15363 - APROBACION DE ACUERDOS INTERNACIONALES. CONVENIO INTERNACIONAL DEL TRABAJO Nº 118
Artículo 1
Apruébase el Convenio Internacional del Trabajo número 118, adoptado por la Conferencia Internacional del Trabajo, en su cuadragésima sexta reunión, efectuada el 28 de junio de 1962, y relativa a la Igualdad de Trato, de nacionales y extranjeros en materia de seguridad social. (*)
Artículo 2
Acéptanse las obligaciones que el Convenio número 118, impone en materia de seguridad social respecto a: asistencia médica, prestaciones de enfermedad, prestaciones de maternidad, prestaciones en caso de accidentes de trabajo y de enfermedades profesionales, prestaciones de desempleo y prestaciones familiares.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
GREGORIO C. ALVAREZ - LUIS A. CRISCI - CARLOS A. MAESO
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