Decreto Ley Nº 15390 - AFECTACION DE BIEN INMUEBLE. LAVALLEJA
Artículo 1
Aféctase a los servicios del Consejo Nacional de Educación -Consejo de Educación Secundaria Básica y Superior- desafectándolo de su actual destino en el Estado- Ministerio de Defensa Nacional- el inmueble Padrón Nº 5.888 sito en la Primera Sección Judicial del departamento de Lavalleja, manzana Nº 93, que según el plano del ingeniero agrimensor Miguel A. Graña, de 30 de julio de 1982, inscripto en la Dirección General del Catastro Nacional con el Nº 5.648, el 16 de agosto de 1982, tiene una superficie de 7.039,01 m², que se deslinda así: 80,62 m al Noroeste de frente a la calle Juan Farina, entre las calles Enrique Ladós y Miguel Barreiro; 7,23 m ochava que une dicho frente con la calle Primeramente mencionada; 77.25 m al Noreste, de frente a la calle Enrique Ladós entre las calles Juan Farina e Ituzaingó; 86,20 m al Sureste de frente a la calle Ituzaingó entre las calles Enrique Ladós y Miguel Barreiro, y 81,70 m al Suroeste de frente a la calle Miguel Barreiro entre las calles Juan Farina e Ituzaingó, para que en el mismo funcione la sede de la Inspección Región IV y futuro Liceo Nº 2 de Minas.
Artículo 2
El Poder Ejecutivo y el Consejo Nacional de Educación acordarán las compensaciones que pudieren corresponder como consecuencia de la desafectación y afectación dispuestas por la presente ley.
Artículo 3
El Registro de Traslaciones de Dominio procederá a la registración correspondiente con la sola presentación de certificado notarial que se expedirá, con referencia precisa a los datos individualizantes del bien raíz, título y modo de adquisición y a la inscripción del instrumento respectivo.
Artículo 4
Comuníquese, etc.
GREGORIO C. ALVAREZ - JUSTO M. ALONSO - RAQUEL LOMBARDO DE DE BETOLAZA - JULIO CESAR ESPINOLA
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