Decreto Ley Nº 15412 - EXPROPIACIONES. REPRESA DE PASO SEVERINO

Rango Decreto Ley
Publicación 1983-07-04
Estado Vigente
Departamento GREGORIO C. ALVAREZ - FRANCISCO D. TOURREILLES - WALTER LUSIARDO AZNAREZ - JULIO C. ESPINOLA
Fuente IMPO
artículos 3
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Artículo 1

Declárase que para las expropiaciones de inmuebles que se realicen con motivo de la construcción de una represa en las proximidades del sitio denominado Paso Severino sobre el río Santa Lucía Chico y otras obras de ampliación y mejoramiento del sistema de abastecimiento de agua potable a la ciudad de Montevideo, serán aplicables las disposiciones de los artículos 12, 13 y 14 de la ley 14.250, de 15 de agosto de 1974. (*)

Artículo 2

Para los estudios y para la construcción de las obras que integran el proyecto referido en el artículo anterior, la propiedad queda sujeta a las servidumbres de interés general conforme a las disposiciones establecidas en los artículos 2 y 3 de la ley 14.224, de 11 de julio de 1974, que se declara aplicable en la especie.

Artículo 3

Comuníquese, etc.

GREGORIO C. ALVAREZ - FRANCISCO D. TOURREILLES - WALTER LUSIARDO AZNAREZ - JULIO C. ESPINOLA

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