Decreto Ley Nº 15510 - DESAFECTACION DE BIEN PUBLICO. FLORES

Rango Decreto Ley
Publicación 1984-01-18
Estado Vigente
Departamento GREGORIO C. ALVAREZ - HUGO LINARES BRUM - ENRIQVE V. FRIGERIO
Fuente IMPO
artículos 4
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Artículo 1

Desaféctase de su actual destino en el patrimonio de la Administración Municipal de Flores, y afectase al patrimonio del Estado (Ministerio de Justicia) con destino a sede de las dependencias judiciales, Fiscalía Departamental y Defensoría de Oficio, el inmueble Padrón Nº 688, ubicado en la Primera Sección judicial del departamento de Flores con una superficie total de 1.417.95 m, que se deslinda de la siguiente manera: al Norte: 42.95 m, lindando con Padrón Nº 2.669. al Sur 42.95 m con frente a la calle Presidente Berro, al Este: 32,80 m lindando con Padrones Nos. 3.605 y 683. y al Oeste: 33,20 m con frente a la calle Dr. Luis Alberto de Herrera.

Artículo 2

El Poder Ejecutivo (Ministerio de Justicia) y la Administración Municipal de Flores, acordarán las compensaciones que pudieren corresponder como consecuencia de la desafectación y afectación dispuestas por la presente ley.

Artículo 3

El Registro General de Traslaciones de Dominio procederá, a la registración correspondiente con la sola presentación de certificado notarial que se expedirá con referencia precisa a los datos; individualizantes del bien raíz, título y modo de adquisición y a la inscripción del instrumento respectivo.

Artículo 4

Comuníquese, etc.

GREGORIO C. ALVAREZ - HUGO LINARES BRUM - ENRIQVE V. FRIGERIO

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