Decreto Ley Nº 15589 - INCLUSION DE LOS FISCALES LETRADOS DE ADUANA, EN LOS BENEFICIOS JUBILATORIOS DE MAGISTRADOS Y OTROS FUNCIONARIOS
Artículo 1
Declárase por vía interpretativa que los Fiscales Letrados de Aduana están incluidos en las previsiones de la ley 11.020, de 5 de enero de 1948 y su modificativa, ley 12.047, de 28 de noviembre de 1953.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
GREGORIO C. ALVAREZ - NESTOR J. BOLENTINI - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS
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