Decreto Ley Nº 15702 - DESAFECTACION DE BIEN INMUEBLE. CERRO LARGO
Artículo 1
Desaféctase de su actual destino en el patrimonio del Estado -Ministerio del Interior-, y aféctase a la Intendencia Municipal de Cerro Largo, a título gratuito, la fracción de terreno ubicada en la Quinta Sección Judicial del departamento de Cerro Largo, empadronada con el Nº 8.417 en el plano de mensura y fraccionamiento del Agrimensor Jaime L Costa, de junio de 1948, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Cerro Largo el día 10 de junio de 1948, con el Nº 123 que consta de una superficie de 15.398 m² y se deslinda de la siguiente forma: al Noroeste 158,10 m de frente a la Ruta Nacional Nº 8 "Brigadier General Juan Antonio Lavalleja" (tramo Melo-Aceguá), al Noroeste 215,30 m también de frente a Camino Nacional -Avenida de 50 metros- por ser fracción esquina, y- al sur 205.50) m lindando con Padrones Nº. 4.838, propiedad del Estado, y número 5.025.
Artículo 2
El Registro de la Propiedad ( Sección Inmobiliaria ) procederá a la registración correspondiente con la sola presentación del certificado notarial que se expedirá con referencias precisas a los datos individualizantes del bien raíz, título y modo de adquisición y a la inscripción del instrumento respectivo.
Artículo 3
Derógase la ley 15.403, de 3 de junio de 1983.
Artículo 4
Comuníquese, etc.
GREGORIO C. ALVAREZ - JULIO CESAR RAPELA - ENRIQUE V. FRIGERIO
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