Decreto Ley Nº 15715 - DESAFECTACION DE BIEN INMUEBLE. COLONIA
Artículo 1
Desaféctase del patrimonio del Estado (Ministerio de Educación y Cultura - Comisión Nacional de Educación Física) afectándose a la Administración Municipal de Colonia, la fracción Nº. 2 del inmueble Padrón Nº 843, sita en la 1era. Sección Judicial del departamento de Colonia, que según plano del ingeniero agrimensor Eduardo Olalde (h) de 15 de agosto de 1984, inscripto en la Oficina Departamental de Catastro de Colonia con el Nº. 6.927 el 24 de agosto de 1984, consta de un área de 9.771,26m² y se deslinda de la siguiente manera: al norte 107,79 m de frente a la calle Rivadavia; al noreste ochava de 9,46 m; al este 72,02 m de frente a la cálle Domingo Baqué; al sureste ochava de 9,94 m de frente a la Ruta Nacional Nº 1 Brigadier General Manuel Oribe; al sur 107,15 m de frente a la Avenida General Flores y al oeste 86,03 m lindando con la fracción Nº 1 del mismo Padrón.
Artículo 2
El Ministerio de Educación y Cultura (Comisión Nacional de Educación Física) acordará con la Administración Municipal de Colonia las compensaciones que pudieran corresponder como consecuencia de la presente mutación dominal.
Artículo 3
El Registro de la Propiedad (Sección Inmobiliaria) procederá a la registración correspondiente con la sola presentación del certificado notarial que se expedirá con referencia precisa de los datos individualizantes del bien raíz, título y modo de adquisición y a la inscripción del instrumento respectivo.
Artículo 4
Comuníquese, etc.
GREGORIO C. ALVAREZ - ARMANDO LOPEZ SCAVINO - JULIO CESAR RAPELA - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS - ENRIQUE V. FRIGERIO
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