Ley Nº 10017 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. MAGDALENA L. DE LARNAUDIE
Artículo 1
Acuérdase a la señora Magdalena L. de Larnaudie una pensión graciable, alimenticia e inembargable, de trescientos sesenta pesos ($ 360.00) anuales, en mérito a los servicios prestados en la enseñanza de la niñez sordomuda.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
BALDOMIR - CYRO GIAMBRUNO
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