Ley Nº 10049 - ELEVACION DE CATEGORIA A EMBAJADA
Artículo 1
Elévase a la categoría de Embajada la representación diplomática de la República en los Estados Unidos Mejicanos.
Artículo 2
Su titular tendrá una de las dotaciones previstas en el ítem 9.02, partidas 1.01 número 1, del Presupuesto General de Gastos.
Artículo 3
Sustitúyese un cargo de Secretario de Legación de 1ª clase, por un cargo de Consejero de Embajada, con la dotación prevista en el ítem 9.02, partida 1.01, número 2 del Presupuesto General de Gastos.
Artículo 4
Comuníquese, etc.
BALDOMIR - ALBERTO GUANI - JAVIER MENDIVIL
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