Ley Nº 10053 - OTORGAMIENTO DE PENSION GRACIABLE. ANA MARIA PURA BANDEIRA DE BERALDO. JORGE ALEJANDRO BERALDO. ANA MARIA BERALDO
Artículo 1
Acuérdase a la señora Ana María Pura Bandeira de Beraldo y a sus hijos Jorge Alejandro y Ana María Beraldo, con cargo a Rentas General y en sustitución de la legal que actualmente perciben, una pensión graciable de ochenta pesos ($ 80.00) mensuales.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
BALDOMIR - CYRO GIAMBRUNO
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