Ley Nº 10063 - CONSEJO NACIONAL DE ENSEÑANZA PRIMARIA Y NORMAL. AUTORIZACION
Artículo 1
Autorízase al Consejo Nacional de Enseñanza Primaria y Normal para ceder en propiedad al Consejo Nacional de Enseñanza Secundaria el terreno que posee empadronado con los números 657, 58 y 59 de la ciudad de San Carlos (Departamento de Maldonado) situado en la esquina de las calles Treinta y Tres y Francisco Ferrer, compuesto de un área de tres mil quinientos ochenta y nueve metros cuadrados 34 d/c., el que no es de uso público, condicionada la operación a la cláusula que se expresa:
Artículo 2
El Consejo Nacional de Enseñanza Secundaria queda obligado a construir a su costo en el mismo terreno un comedor escolar para la ciudad de San Carlos.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
BALDOMIR - CYRO GIAMBRUNO
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