Ley Nº 10068 - PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. OBRAS PUBLICAS
Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo para invertir hasta la cantidad de cincuenta mil pesos, que se tomarán de Rentas Generales, en la construcción y embellecimiento de la parte uruguaya de la Plaza Internacional situada en el predio destinado a ese fin por la caracterización de la frontera entre las ciudades de Rivera y Santa Ana de Livramento.
Artículo 2
Los trabajos que demande la obra uruguaya serán realizados por obreros uruguayos designados por la Comisión de Distribución del Trabajo, correspondiente.
Artículo 3
Terminados los trabajos de construcción y embellecimiento de la Plaza Internacional, la Comisión de Límites entregará su cuidado y conservación a la Intendencia Municipal del Departamento de Rivera.
Artículo 4
Comuníquese, etc.
BALDOMIR - ALBERTO GUANI - JAVIER MENDIVIL
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