Ley Nº 10073 - GOBIERNOS DEPARTAMENTALES. AUTORIZACION. RECURSOS. OBRAS PUBLICAS
Artículo 1
La Intendencia Municipal de Soriano, podrá disponer con destino a la construcción en la ciudad de Mercedes, de la Casa Municipal, para sede de sus oficinas y las de la Junta Departamental, de las cantidades siguientes:
A) $ 185.04, saldo existente en la Sucursal del Banco de la República de Mercedes, por cumplimiento de la ley número 4244, de fecha 22 de Julio de 1912, destinada a la creación del pueblo "Palmitas". B) $ 9.601.77, depositados en la Sucursal del Banco de la República de Mercedes, saldo de la partida de pesos 10.000.00, destinada por la ley número 8619 de 25 de Abril de 1930, a usina de pasteurización de leche en la ciudad de Mercedes. C) $ 6.000.00, destinados en la ley de 4 de Setiembre de 1940 (Plan de Obras Públicas), para ampliación del edificio de la Biblioteca "Eusebio Giménez" de la ciudad de Mercedes, y que el Poder Ejecutivo pondrá a
disposición de la referida Intendencia.
Artículo 2
Comuníquese, etc.
BALDOMIR - P. MANINI RIOS - JAVIER MENDIVIL - ARSENIO M. BARGO
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