Ley Nº 10082 - PODER EJECUTIVO. AUTORIZACION. DEUDA PUBLICA. EMISION
Artículo 1
Autorízase al Poder Ejecutivo a emitir hasta la suma de doscientos mil pesos ($ 200.000.00), en Bonos de Pavimentación "Ciudades del Interior" creados por decreto-ley número 9.408 del 17 de Mayo de 1934, que se destinarán al pago de la cuneta y cordón que se construyen en la ciudad de Canelones, por la firma Rafael Demarco y Hermano. (*)
Artículo 2
El servicio de amortización e intereses a que se refiere el artículo anterior, será atendido por Rentas Generales, con calidad de reintegro; y será de cargo de los propietarios, a quienes la Dirección de Crédito Público fijará las cuotas anuales que deben abonar de acuerdo con los informes que a ese efecto le proporcionará la Intendencia Municipal de Canelones. Esas cuotas se percibirán conjuntamente con la contribución inmobiliaria, siendo aplicables para su cobro, las disposiciones que reglamentan dicho impuesto.
Artículo 3
Comuníquese, etc.
BALDOMIR - JAVIER MENDIVIL
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