Ley Nº 10086 - PRESUPUESTO. MODIFICACION
Artículo 1
Incorpóranse al Presupuesto General de Gastos, las siguientes disposiciones:
"ARTICULO... Institúyese a favor del Consejo Permanente de Asociaciones Americanas de Comercio y Producción, constituido por la Conferencia Americana de Asociaciones de Comercio y Producción, en Montevideo, el 3 de Junio de 1941, una subvención anual de $ 24.000.00 (veinticuatro mil pesos), pagadera por duodécimos. ART. ... La subvención dispuesta por el artículo anterior se mantendrá mientras el Consejo Permanente tenga su sede en Montevideo. Cuando se hallen suficientemente aseguradas las contribuciones pecuniarias de las instituciones adheridas, dicha subvención se podrá suprimir o rebajar en una cantidad prudencial."
Artículo 2
Comuníquese, etc.
BALDOMIR - JAVIER MENDIVIL
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